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Subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil - Plan Corresponsables 2022-2023

Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la cual se aprueba, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida de familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022-2023, en el marco del Plan Corresponsables

Código SIA

2891308

Personas destinatarias

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas jurídicas siguientes:

a) Con respecto a la Línea A: Ayuntamientos, entidades locales menores y mancomunidades, así como sus entidades dependientes.

Estas entidades sólo podrán solicitar la subvención para las actividades que se lleven a cabo durante las vacaciones de Pascua y de verano de 2023, en los plazos indicados en el punto 7.3 de la convocatoria.

b) Con respecto a la línea B: Asociaciones de familias de alumnado de centros docentes, inscritas en el Censo del artículo 6 del Decreto 188/2003, de 28 de noviembre, por el cual se regulan las asociaciones de padres y madres de alumnos.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Esta convocatoria se resolverá en dos fases:

a) Una primera, que culminará con la resolución de concesión de subvenciones correspondientes a las solicitudes presentadas durante el primer plazo del punto 7.3 de la convocatoria (actividades del 2022 organizadas por las entidades de la línea B). En caso de que se agote todo el crédito disponible en la primera fase y no se haya podido ampliar la dotación de la convocatoria con la incorporación de nuevos fondos del Plan Corresponsables, el segundo plazo para la presentación de solicitudes de la Línea B quedará sin efectos, de lo cual se informará mediante un anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

b) Una segunda, que culminará con la resolución de concesión y denegación de subvenciones a las solicitudes presentadas durante el primer plazo del punto 7.3 de la convocatoria (actividades del 2023 organizadas por las entidades de las líneas A y B).

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Documentos relacionados con el procedimiento

  • Resolución convocatoria subvenciones Plan Corresponsables 2022-2023
    Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se aprueba, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022-2023, en el marco del Plan Corresponsables
  • Requerimiento subsanación deficiencias
    Requerimiento de subsanación de deficiencias de las solicitudes de subvención presentadas en relación con la convocatoria para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022-2023, en el marco del Plan Corresponsables.
  • Propuesta de resolución provisional de concesión, de denegación y de desistimiento
    Propuesta de resolución provisional de la directora general de Infancia, Juventud y Familias de concesión, de denegación y de declaración de desistimiento al amparo de la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida de familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022-2023, en el marco del Plan Corresponsables (primer periodo, Línea B).
  • Resolución de concesión, de denegación y de declaración de desistimiento
    Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, a propuesta de la directora general de Infancia, Juventud y Familias de concesión, de denegación y de declaración de desistimiento de las solicitudes de ayudas formuladas en relación con la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Islas Baleares para facilitar la conciliación de la vida de familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022-2023, en el marco del Plan Corresponsables (Línea B, primer periodo)
  • Requerimiento subsanación deficiencias - Fase 2 (20 de octubre de 2022)
    Requerimiento de subsanación de deficiencias de las solicitudes de subvención presentadas en relación con la convocatoria para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022-2023, en el marco del Plan Corresponsables .
  • Requerimento subsanación deficiencias- Fase 2 APIMA CP Castell de Santa Àgueda (25 de octubre de 2022)
    Requerimiento de subsanaciónde deficiencias de la solicitud de subvención presentada por la APIMA Colegio Público Castell de Santa Àgueda en relación con la convocatoria para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022-2023, en el marco del Plan Corresponsables.
  • Propuesta de resolución provisional de concesión, de denegación y de desistimiento Fase 2 (14 de noviembre de 2022)
    Propuesta de resolución provisional de la directora general de Infancia, Juventud y Familias de concesión, de denegación y de declaración de desistimiento en relación con la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida de familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022- 2023, en el marco del Plan Corresponsables (segunda fase).
  • Resolución de concesión, de denegación y de declaración de desistimiento Fase 2 (29 de diciembre de 2022)
    Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de concesión, de denegación y de declaración de desistimiento en relación con la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida de familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022-2023, en el marco del Plan Corresponsables (segunda fase)
  • Corrección de errores de la convocatòria (6 de mayo de 2023)
    Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de corrección de errores advertidos en la publicación de la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se aprueba, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022-2023, en el marco del Plan Corresponsables.
  • Rectificación de la Resolución de concesión Fase 2 - Ayuntamiento de Binissalem (13 de junio de 2023)
    Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes previa propuesta de la directora general de Infancia, Juventud y Familias, por la cual se rectifica la Resolución de concesión, de denegación y de declaración de desistimiento en relación con la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida de familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022-2023, en el marco del Plan Corresponsables (segunda fase).

Trámites

X

Presentación de solicitudes

Requisitos

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:

a) Línea A: Ayuntamientos, entidades locales menores y mancomunidades, así como sus entidades dependientes.

Estas entidades sólo podrán solicitar la subvención para las actividades que se lleven a cabo durante las vacaciones de Pascua y de verano de 2023, en los plazos indicados en el punto 7.3 de la convocatoria.

b) Llínea B: Asociaciones de familias de alumnado de centros docentes, inscritas en el Censo del artículo 6 del Decreto 188/2003, de 28 de noviembre, por el cual se regulan las asociaciones de padres y madres de alumnos.

Para acceder a estas ayudas las personas beneficiarias tienen que cumplir los requisitos adicionales siguientes:

a) Ser entidades radicadas en las Illes Balears.

b) No estar sometidas a ninguna de las prohibiciones para ser persona beneficiaria de ayudas que establece el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones; el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, ni haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener una subvención, de acuerdo con la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuals e intersexuales y para erradicar la LGTBI-fobia, o cualquier otra aplicable.

c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma y con las correspondientes a la Seguridad Social.

d) Otros que se establecen en esta convocatoria.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Las solicitudes deben presentarse en los dos plazos siguientes:

— En relación con las actividades de verano y Navidad de 2022 (sólo las asociaciones de familias de alumnado de centros docentes), en un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.

— En relación con las actividades de Pascua y verano 2023, desde el 1 de septiembre al 3 de octubre de 2022, teniendo en cuenta lo previsto en el punto 10.1 de la convocatoria.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Juventud

C/ de l'Uruguai, s/n Velòdrom Illes Balears.

(joventut@caib.es)

X

Aceptación o renuncia a la subvención propuesta

Requisitos

Para cada una de las fases, el órgano instructor elaborará una propuesta de resolución provisional de concesión, que se publicará en la sede electrónica, concediendo un plazo de cinco días hábiles a las entidades solicitantes para que lleven a cabo, si procede, las acciones siguientes:

— Aceptar la propuesta de subvención. Si transcurridoeste plazo no hay una aceptación expresa, se entenderá que la entidad está conforme y se continuará el procedimiento.

— Renunciar a la subvención. Esta renuncia tiene que ser expresa y se tiene que formular por parte de la persona representante de la entidad solicitante.

— Presentar alegaciones.

— Reformular la solicitud para adaptarla a la cuantía de la subvención propuesta.

Documentación a presentar

Declaración de aceptación o renuncia a la subvención propuesta.

Modelos:

Plazo máximo

Cinco días habilidosos a contar a partir del siguiente al de la publicación de la propuesta provisional de concesión dictada en cada fase.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Juventud

C/ de l'Uruguai, s/n Velòdrom Illes Balears.

(joventut@caib.es)

X

Justificación

Requisitos

Una vez realizadas las actividades de cada periodo, las entidades beneficiarias deben presentar la documentación justificativa dentro de los plazos máximos fijados en la convocatoria.

Documentación a presentar

El punto 14 de la convocatoria ("Justificación y pago") detalla la documentación que debe aportarse.

Asimismo, debe presentarse la cuenta justificativa de acuerdo con el modelo publicado en esta sede electrónica.

Modelos:

Plazo máximo

Actividades de 2022:

— Actividades de verano: hasta el 8 de noviembre de 2022.

— Actividades de Nadal: hasta el 8 de marzo de 2023.

Actividades de 2023:

— Actividades de Pascua: hasta el 8 de junio de 2023.

— Actividades de verano: hasta el 8 de noviembre de 2023.

No obstante el anterior, si una entidad ha recibido subvención para periodos diferentes, la justificación de todas las actividades deberá presentarse en las fechas señaladas para las celebradas en último lugar.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Juventud

C/ de l'Uruguai, s/n Velòdrom Illes Balears.

(joventut@caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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