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Convocatoria de ayudas destinadas a las entidades de voluntariado de las Illes Balears para atender los gastos de seguros

Regular la concesión de ayudas a las entidades de voluntariado de las Illes Balears para atender los gastos de seguros de responsabilidad civil y de seguros de accidentes relativos a la entidad y de las personas voluntarias que desarrollen actividades de voluntariado, con el objetivo de impulsar el trabajo de las entidades de voluntariado ya constituidas y de incentivar la creación de nuevas entidades.

Código SIA

2868320

Personas destinatarias

Entitats de voluntariat privades sense ànim de lucre

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Según normativa aplicable

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Trámites

X

Convocatoria de ayudas destinadas a las entidades de voluntariado de las Illes Balears para atender los gastos de seguros

Requisitos

Pueden optar a las ayudas de esta convocatoria las entidades privadas sin ánimo de lucro que llevan a cabo actividades de interés general y que cumplen los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en los registros correspondientes de acuerdo con la normativa establecida.

b) Estar integradas por personas voluntarias, sin perjuicio del personal asalariado que puedan tener.

c) Desarrollar todas las actuaciones, o una parte de estas, mediante programas de voluntariado en el territorio de las Illes Balears.

Documentación a presentar

Los solicitantes tienen que adjuntar a la solicitud la siguiente documentación:

a) El anexo 2, «Datos adicionales», debidamente rellenado.

b) Copia del NIF de la entidad.

c) Copia del documento de constitución de la entidad y de los estatutos sociales debidamente registrados en el registro correspondiente, o bien un certificado de inscripción registral de estos documentos. En el caso de entidades de ámbito estatal, copia del certificado acreditativo de la inscripción en un registro de ámbito estatal y de la inscripción de la delegación en las Illes Balears.

d) En el caso de que el interesado no autorice al órgano instructor para obtener de oficio la información relativa a las obligaciones tributarias con la Hacienda autonómica, con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y con la Seguridad Social, tiene que aportar el certificado de estar al corriente de ellas.

e) Declaración responsable del secretario o secretaria o del presidente o presidenta de la entidad solicitante que certifique los siguientes aspectos (anexo 3):

1.º La entidad cumple los requisitos para ser beneficiaria de acuerdo con lo que establece el apartado segundo de esta convocatoria.

2.º La entidad no ha pedido ninguna subvención a ninguna otra consejería del Gobierno de las Illes Balears o a ninguna otra administración pública o entidad privada para atender los gastos objeto de esta convocatoria.

3.º La entidad no se ha visto afectada por ninguna de las prohibiciones para ser beneficiaria de subvenciones que establece el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4.º La entidad se compromete a comunicar por escrito a la Dirección General de Participación, Transparencia y Voluntariado cualquier variación en esta declaración en un plazo inferior a quince días a partir de la fecha en que se dé alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 mencionado, como causa de prohibición para ser beneficiario.

5è. La entidad cumple las obligaciones que prevé el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

6è. La entidad no ha sido objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencias firmes en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, de acuerdo con el artículo 11.2 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres, y no ha sido sancionada o condenada por una resolución administrativa firme con una pena accesoria de prohibición de recibir ayudas o subvenciones públicas por el periodo que estipula el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBI-fobia.

7è. La entidad dispone del Plan de Voluntariado y del Registro de personas voluntarias en los términos que establece el artículo 15.2.a) y g) de la Ley 11/2019.

8è. La entidad indica el número medio de personas voluntarias aseguradas durante el año 2021 por cada una de las pólizas para las cuales se solicita subvención.

9è. La entidad conoce y acepta las bases de esta convocatoria de ayudas.

f) En caso de que no sean perceptores de la Comunidad Autónoma, declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios aportados (anexo 4), tal y como prevé el Decreto 6/2013, de 17 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, o un documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta.

g) Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil y/o del seguro de accidentes vigente en 2021.

h) El recibo o recibos de la póliza de seguro de responsabilidad civil y/o de seguro de accidentes del personal voluntario de la entidad solicitante correspondientes a 2021. El pago efectivo del recibo o recibos se tiene que acreditar mediante un extracto o certificado bancario.

No es necesario presentar la documentación mencionada en los apartados b), c), g) y h) del punto anterior si ya está a disposición de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. No obstante, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, se debe indicar en qué expediente se encuentra.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

5 de agosto de 2022 a las 23:59 horas

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Coordinación y Transparencia

Passeig de Sagrera, 2. Tel.: 971177160

(voluntariat@dgptv.caib.es)

X

Subsanación de la solicitud

Requisitos

Ser interesado en el procedimiento y haber recibido el requerimiento de subsanación.

Documentación a presentar

Plazo máximo

10 días a contar del día siguiente de la recepción del escrito de subsanación de la solicitud (notificación)

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Coordinación y Transparencia

Passeig de Sagrera, 2. Tel.: 971177160

(voluntariat@dgptv.caib.es)

X

Aceptación de la ayuda concedida

Requisitos

Ser interesado en el procedimiento y haber recibido la propuesta de resolución definitiva relativa a la concesión de ayudas a las entidades de voluntariado de las Islas Baleares para hacer frente a los gastos de seguros de responsabilidad civil y seguros de accidentes.

Documentación a presentar

Plazo máximo

10 días naturales a contar del día siguiente de la recepción de la notificación de la propuesta de resolución definitiva.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Coordinación y Transparencia

Passeig de Sagrera, 2. Tel.: 971177160

(voluntariat@dgptv.caib.es)

X

Renuncia a la ayuda concedida

Requisitos

Ser interesado en el procedimiento y haber recibido la propuesta de resolución definitiva relativa a la concesión de ayudas a las entidades de voluntariado de las Islas Baleares para hacer frente a los gastos de seguros de responsabilidad civil y seguros de accidentes.

Documentación a presentar

Escrito de renuncia a la ayuda concedida.

Plazo máximo

10 días naturales a contar del día siguiente de la recepción de la notificación de la propuesta de resolución definitiva.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Coordinación y Transparencia

Passeig de Sagrera, 2. Tel.: 971177160

(voluntariat@dgptv.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Coordinación y Transparencia

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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