Requisitos
- Homologación previa del sistema.
- El número mínimo de máquinas interconectadas es de tres.
- Una misma máquina sólo puede formar parte de un sistema de interconexión en los locales de juego y de un sistema de interconexión entre locales de juego.
- El servidor estará en uno de los salones de juego o en un local, cuya ubicación se comunicará a la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria.
- El servidor controlará el sistema de interconexión en su conjunto. Este sistema estará dotado de los controles de seguridad necesarios y asegurará la inviolabilidad de acceso.
- El sistema de interconexión garantizará su comunicación constante y en tiempo real.
- El sistema dispondrá de adaptadores a que se conectarán las máquinas que formen el sistema de interconexión.
- El sistema contará con una red interna en cada salón de juego que conecte los adaptadores de las máquinas a un servidor local o concentrador de local de juego.
- El sistema contará con una red externa que conecte el salón de juego con el sistema central de interconexión.
- El sistema contará con visualizadores conectados a la red de cada salón de juego, destinados a informar en todo momento de los premios del estado del juego interconectado.
Tasas
03I C) Explotación de máquinas y otros documentos> Autorización de instalación de sistemas de interconexión de máquinas de juego de tipo B .
C) Explotación de máquinas y otros documentos> Autorización de instalación de sistemas de interconexión de máquinas de juego de tipo B -
Imprimir el documento y efectuar el pago en las entidades bancarias o de forma telemática.
Documentación a presentar
- Sol·licitud d'interconnexio, amb la conformitat de la persona o entitat titular de l'establiment.
- Justificant pagament taxa administrativa corresponent.
Modelos:
Plazo máximo
- Solicitud de interconexión, con la conformidad de la persona o entidad titular del establecimiento.
- Justificante pago tasa administrativa correspondiente.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Empresa, Autónomos y Comercio
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Juego
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló).
Tel.: 971178900
(mcanyellas@dgce.caib.es)