Requisitos
De acuerdo con el artículo 11 del Decreto 52/2014, de 12 de diciembre, por el cual se regulan los órganos de gobierno de las cajas de ahorro con sede social en las Illes Balears.
Documentación a presentar
a) Certificado del acuerdo del consejo de administración favorable a la operación y a los términos y condiciones que figuren en el informe emitido por el correspondiente departamento.
· b) Certificado de conformidad de la operación, en el que el secretario de la comisión de control refleje que dicho órgano ha realizado las comprobaciones de cumplimiento de los requisitos de buen gobierno relativos a la ausencia de trato de favor hacia el alto cargo y que se aplican las condiciones habituales que impone la entidad a los clientes que reúnan características similares.
· c) Certificado de la dirección general de la entidad relativo a los tipos de interés aplicables, en el momento de presentación de la solicitud de autorización, a las operaciones similares que la caja concede a los clientes que reúnan características similares.
· d) Informe de la persona responsable del departamento que deba conceder la operación en el que se hagan constar las características relativas a la operación, y en concreto:
· 1.º El objeto de la operación, con indicación del destino de los fondos que se solicitan.
· 2.º La cuantía nominal expresada en euros.
· 3.º El período durante el cual se realizará la operación, con indicación de las fechas previstas de inicio y finalización.
· 4.º La identidad de las personas y entidades beneficiarias de la operación.
· 5.º El porcentaje que se aplicará al tipo de interés, así como su carácter fijo, variable o mixto, con expresión de los tramos temporales aplicables a cada carácter y de su periodo de carencia, si lo tuviera.
· 6.º La cobertura de riesgo que se aporta en garantía y su tipo.
· 7.º La aplicación o carencia de otras coberturas de afianzamiento de riesgo.
· 8.º Las comisiones que se aplicarán a la operación.
· 9.º Las penalizaciones que se aplicarán en caso de resolución anticipada de la operación o por causa cautelar especificada en el contrato.
· 10.º Los costes añadidos.
· 11.º El análisis del riesgo que asume la caja con la concesión, en el que se evaluará la situación personal de la persona beneficiaria y de las que avalan la operación en lo referente a la posibilidad de impago.
· 12.º La documentación acreditativa de su capacidad económica y patrimonial para el reintegro del nominal e intereses.
· 13.º El detalle del riesgo acumulado por las personas o entidades beneficiarias y por las que las avalan en otras operaciones con la propia caja.
· 14.º El certificado actualizado de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) relativo a las personas o entidades beneficiarias y a las que las avalan, expresivo del endeudamiento que afronten por sus operaciones con el resto de entidades del sistema financiero.
· 15.º La evaluación del grado de cumplimiento anterior de la persona que forma parte de los órganos a los que se refiere este capítulo respecto a sus obligaciones financieras con la caja y de sus perspectivas.
· e) En caso de que la persona beneficiaria de la operación sea una persona jurídica en la que participe un miembro de los órganos a los que se refiere este capítulo o persona a él vinculada, junto con el informe del apartado anterior también se aportarán los siguientes datos:
· 1.º Información actualizada sobre el capital social, suscrito y desembolsado.
· 2.º La composición actualizada del órgano de administración.
· 3.º La relación completa de los socios, indicando el porcentaje que ostenta cada uno en la participación del capital social.
· 4.º Las cuentas anuales del último ejercicio.
· 5.º El avance del balance de situación referido a la fecha más próxima a la presentación de la solicitud de la operación.
· 6.º Una copia auténtica de la última liquidación del impuesto sobre sociedades.
· 7.º Si se trata de una sociedad cotizada en bolsa, el informe de gobierno corporativo y un detalle del riesgo acumulado por la sociedad beneficiaria y las personas que la avalan por otras operaciones con la propia caja.
· 8.º Un certificado actualizado de la CIRBE relativo a la sociedad beneficiaria y las personas que las avalan, expresivo del endeudamiento que afronten por sus operaciones con el resto de entidades del sistema financiero.
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Un mes antes de la formalización de la operación.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Política Financiera y Seguros
C/ del Palau Reial, 17.
Tel.: 971177107
(politicafinancera@tresorer.caib.es)