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Reconocimiento de servicios prestados de Personal Docente de las Islas Baleares

Según la Ley 70/78 de 26 de diciembre, es posible el reconocimiento de los servicios prestados a la administración pública con anterioridad en el acceso a la función pública mediante la forma de provisión correspondiente (concurso, oposición, concurso-oposición). A este efecto, los servicios mencionados se pueden haber prestado en régimen de ocupación (eventual o interino) o en régimen de contratación administrativa o laboral.

Documentación a presentar:

Solicitud (según el modelo de anexo II) dirigida en la Consejería de Educación y Cultura.

Además se tendrán que acreditar con el Anexo I debidamente llenado los servicios prestados a otras administraciones.

Los servicios se reconocerán a partir del mes siguiente de haber presentado la solicitud.

Código SIA

207762

Personas destinatarias

Funcionarios de carrera

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Haver prestat serveis a una administració pública abans de ser nomenat funcionari de carrera

Documentación a presentar

Plazo máximo

A partir de la data de presentació de la sol·licitud, i en el cas de funcionaris de nou ingrés a partir del dia que apareix el nomenament de funcionari de carrera en el BOE.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dep. de Personal Docente

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 1a planta). Tel.: 971177865

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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