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Convocatoria de subvenciones para apoyar a las inversiones que favorezcan la modernización, la innovación y el desarrollo tecnológico de las industrias culturales 2023

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para apoyar a las inversiones que favorezcan la modernización, la innovación y el desarrollo tecnológico de las industrias culturales para el año 2023.

Código SIA

2987898

Personas destinatarias

Pueden ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas dadas de alta en el régimen de autónomos y las personas jurídicas de los sectores de las artes escénicas, la música, el audiovisual, las artes visuales y el mundo editorial.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses a partir de la publicación de esta convocatoria. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima la entidad interesada para entender desestimada por silencio administrativo su solicitud de concesión de la subvención.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Pueden ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas dadas de alta en el régimen de autónomos y las personas jurídicas de los sectores de las artes escénicas, la música, el audiovisual, las artes visuales y el mundo editorial.

Todas las personas o entidades que soliciten estas ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

c) Estar establecidas en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y, en el momento de solicitar la ayuda, tener un establecimiento operativo permanente en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, o acreditar que el 50 % de los contratos laborales o servicios contratados se ha realizado en el último año en las Illes Balears.

d) Estar de alta en un epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) vinculado, como mínimo, a uno de los siguientes sectores culturales: las artes escénicas, la música, el audiovisual, las artes visuales, el mundo editorial.

e) Cumplir los principios del artículo 3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres.

f) No haber sido sancionadas o condenadas por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme. En caso de que hayan sido sancionadas o condenadas en esta situación, podrán presentarse siempre que hayan cumplido la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad de acuerdo con el artículo 11.4 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres.

g) Presentar la solicitud en los términos y con los requisitos establecidos en los apartados 6, 7 y 8 de esta convocatoria.

Documentación a presentar

El formulario de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado, debe ir acompañado de la siguiente documentación:

a) Documentación administrativa

a.1) Persona física:

— La acreditación de su identidad.

— Informe de la situación actual del trabajador o informe de vida laboral.

Sin embargo, no será necesario aportar esta documentación en caso de que la persona interesada no se oponga a que el ICIB consulte estos datos.

a.2) Persona jurídica:

— El NIF de la persona jurídica.

— El DNI, pasaporte o NIE de la persona física que la representa.

— Documento acreditativo de la representación legal con la que actúa la persona física que firma la solicitud, la cual deberá estar vigente en el momento de presentar esta solicitud.

— Documento constitutivo de la entidad y sus estatutos sociales debidamente inscritos en el registro correspondiente.

a.3) Personas físicas y jurídicas:

— Un documento acreditativo de estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en epígrafes vinculados a los sectores culturales de las artes escénicas, la música, las artes visuales, el audiovisual y el mundo editorial.

— Certificado del domicilio fiscal del solicitante.

— Declaración de veracidad de los datos bancarios, de acuerdo con el modelo disponible en la Sede Electrónica: https://www.caib.es/seucaib/ca/200/persones/tramites/servicio/4486284

— Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado.

Sin embargo, no será necesario aportar este certificado en caso de que la persona interesada manifieste en su solicitud el consentimiento expreso para que el ICIB haga la consulta sobre estos datos tributarios.

— Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

Sin embargo, no será necesario aportar este certificado en caso de que la persona interesada no se oponga a que el ICIB consulte estos datos.

— Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la hacienda de Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Sin embargo, no será necesario aportar este certificado en caso de que la persona interesada no se oponga a que el ICIB consulte estos datos.

No obstante, en el caso de subvenciones de cuantía igual o inferior a 3.000 €, la persona o la empresa interesada podrá sustituir la presentación de estos certificados mediante la presentación de una declaración responsable.

Si el ICIB ya dispone de los documentos anteriores, y estos continúan vigentes, es necesario que en el formulario de solicitud la persona interesada informe del expediente de la subvención anterior en el que se pueden encontrar, y el ICIB los aportará de oficio al procedimiento de subvención de esta convocatoria.

b) Documentación del proyecto

b.1) Memoria descriptiva de la inversión, que deberá incluir, obligatoriamente, todos estos apartados:

— Objetivos de la inversión.

— Explicación detallada de la actividad profesional que desarrolla el solicitante.

— Explicación detallada de la inversión o inversiones a realizar.

— Vinculación (viabilidad y coherencia) entre la actividad desarrollada por parte del solicitante y la inversión a realizar.

b.2) El presupuesto detallado del proyecto (Anexo 2), con ingresos y gastos y con el pertinente IVA desglosado. Es necesario que el presupuesto recoja todos los gastos previstos derivados del proyecto.

De acuerdo con el artículo 40.3 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, si el importe es superior a 15.000 €, el beneficiario debe solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores, anteriores a la ejecución del compromiso, salvo que por sus especiales características no existan entidades suficientes para poder realizarlas, salvo que el gasto se haya efectuado antes de solicitar la subvención. Las ofertas presentadas deben elegirse de conformidad con los criterios de eficacia y de economía, y debe justificarse expresamente en caso de que la elección no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

Modelos:

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes, dirigidas a la ICIB, empieza el 12 de mayo de 2023 y se extiende hasta el 2 de junio de 2023, ambos incluidos.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo).. Tel.: 971176041

(lmartin@icib.caib.es)

X

Presentació d'esmenes als requeriments

Requisitos

Interessat en el procediment.

Haver rebut requeriment d'esmenes de la sol·licitud (presentació de documentació)

Documentación a presentar

Plazo máximo

10 dies hàbils a partir de la data de la notificació

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo).. Tel.: 971176041

(lmartin@icib.caib.es)

X

Alegación a la propuesta de Resolución

Requisitos

Interesado en el procedimiento.

Documentación a presentar

Plazo máximo

10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la Propuesta.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo).. Tel.: 971176041

(lmartin@icib.caib.es)

X

Aceptación/Renuncia de la propuesta de resolución de modernización para el año 2023

Requisitos

Ser interesado en el procedimiento

Documentación a presentar

ANEXO 3

Modelos:

Plazo máximo

10 días hábiles contadores desde el día siguiente a la publicación en la Sede Electrónica de la CAIB. Des del 22 de septiembre de 2023 hasta el 5 de octubre de 2023.

En cualquier caso, la aceptación se entiende producida automáticamente si no se hace constar lo contrario en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de su publicación en la Sede Electrónica de la CAIB

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo).. Tel.: 971176041

(lmartin@icib.caib.es)

X

Justificación

Requisitos

Estar entre las subvenciones concedidas

Documentación a presentar

La inversión subvencionada deberá justificarse con la presentación de la cuenta justificativa a través del modelo normalizado (Anexo 4), con la siguiente documentación:

a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas para la concesión de la subvención, que tendrá que incluir, obligatoriamente, todos estos apartados:

— Indicación de todas las inversiones realizadas y de los resultados obtenidos.

— Toda la información necesaria para interpretar y comprender correctamente la justificación de gastos presentada y la imputación al proyecto.

— Si no se ha ejecutado la totalidad del proyecto por causas ajenas o de fuerza mayor, la memoria expondrá las causas y explicará las modificaciones aplicadas.

b) Fotografías de todo el material que se ha adquirido y/o de las inversiones realizadas. En caso de que dispongan de ellas, es necesario que las placas con las características de la maquinaria sean visibles.

c) Una memoria económica justificativa del coste de las inversiones realizadas o los gastos objeto de la subvención, que debe contener:

· Una explicación detallada de los gastos realizados en relación con el proyecto presentado. En su caso, deberán indicarse las desviaciones que se produzcan en el presupuesto inicial. Solo se tendrán en cuenta los conceptos imputados al presupuesto presentado con la solicitud.

— La indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales e indirectos incorporados a la relación clasificada de dichos gastos.

— La relación detallada de otros ingresos o subvenciones, en su caso, que hayan financiado la inversión subvencionada, con indicación de su importe y procedencia.

— La hoja de cálculo (Anexo 4) que incluya una relación clasificada de los gastos, correctamente cumplimentada y firmada, con la identificación del acreedor, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago.

— Si procede, de acuerdo con el artículo 40.3 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, las tres ofertas de diferentes proveedores, solicitadas previamente a la ejecución del compromiso, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías que establece la legislación estatal en materia de contratos del sector público para los contratos menores.

En los supuestos en que a las solicitudes deba adjuntarse una memoria económica, los compromisos que se plasmen pueden flexibilizarse en el sentido de que se permitan compensaciones entre los conceptos presupuestados, siempre que se cumpla la finalidad de la subvención.

d) Las facturas, completas o simplificadas, deben cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. La descripción de la operación tendrá que aportar suficiente información sobre el concepto y el periodo objeto de facturación para que se pueda verificar la relación del gasto con el objeto de la ayuda. Si el concepto de la factura no es suficientemente explicativo, será necesario adjuntar los albaranes de entrega correspondientes u otra documentación justificativa. En todo caso, se tendrá que poder verificar el precio unitario de la operación. En caso de que en algunas de las facturas solicitadas no conste el IVA, será obligatorio hacer referencia a la disposición normativa en virtud de la cual es aplicable su exención, de acuerdo con el artículo 6.1.j) del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

No se admitirán facturas que no desglosen con detalle la inversión realizada.

No se aceptarán tiques como documentos contables justificativos de gastos.

e) Los documentos acreditativos del pago (extracto bancario y/o justificante bancario) deberán cumplir los siguientes requisitos:

— La identificación de la persona beneficiaria y el ordenante del pago, que tendrán que coincidir con el beneficiario y con el emisor de la factura, respectivamente. El ordenante deberá hacer constar su NIF y la denominación social.

— El concepto en el que se ordena el pago y remisión al número o números de factura a los que corresponde. Si el documento de pago no hace referencia a las facturas, tendrá que ir acompañado de la documentación complementaria que permita verificar la correspondencia entre gasto y pago.

En el caso de pago mediante cheque nominativo, pagaré, letras de cambio o similares, la entidad tendrá que aportar una copia del documento y una copia del extracto bancario que acredita el cargo.

— No se aceptará ningún documento acreditativo del pago que sea en efectivo.

— No se aceptará ninguna justificación de pago por compensación.

f) Cualquier otra documentación que le sea requerida en al efecto de comprobar la realización del proyecto subvencionado.

Modelos:

Plazo máximo

El plazo para justificar la inversión total objeto de la ayuda es de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución de concesión, si el proyecto ya ha finalizado.

En caso de que el proyecto no esté finalizado, el plazo para presentar la documentación justificativa terminará el 31 de diciembre de 2023.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo).. Tel.: 971176041

(lmartin@icib.caib.es)

X

Enmiendas a la justificación

Requisitos

Haber recibido un requerimiento en relación con la justificación de la convocatoria de modernización, innovación y desarrollo tecnológico de las industrias culturales para el año 2023

Documentación a presentar

La documentación solicitada por el ICIB

Plazo máximo

Diez días hábiles a partir del día siguiente de haber recibido el requerimiento de enmienda.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo).. Tel.: 971176041

(lmartin@icib.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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