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Ayudas de movilidad para estudiantes de formación profesional del sistema educativo que cursan los estudios en centro público de las Illes Balears de una isla diferente a la de residencia (curso 2022-2023)

Convocar ayudas de movilidad para estudiantes de formación profesional del sistema educativo que cursan sus estudios en un centro público de una isla de las Illes Balears diferente de la de residencia porque en su isla de residencia habitual no se ofrecen los estudios que cursan. Estas ayudas corresponden al curso 2022-2023.

Código SIA

2981267

Personas destinatarias

Alumnos matriculados, en la modalidad presencial, de un ciclo formativo de grado medio o de grado superior o de un curso de especialización de formación profesional, siempre y cuando cursen estos estudios en un centro público de las Illes Balears de una isla diferente de su isla de residencia.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Educación y Universidades

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud de ayudas de movilidad

Requisitos

Para poder optar a las ayudas de movilidad, se deben cumplir los requisitos siguientes:

a) Los solicitantes deben tener la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea. En el caso de las personas extranjeras no comunitarias, deben acreditar la condición de residentes de las Illes Balears.

b) No debe haber plazas disponibles de los estudios solicitados en centros públicos de la isla de residencia del solicitante.

c) Los solicitantes deben estar matriculados, durante el curso 2022-2023, de alguno de los cursos siguientes en un centro educativo público de las Illes Balears situado en una isla diferente de la isla en que están empadronados:

- Un curso completo de un ciclo formativo de grado medio o de grado superior de formación profesional en la modalidad presencial.

- Un curso de especialización presencial de formación profesional.

Documentación a presentar

1. Para tramitar la solicitud, el interesado debe presentar la documentación siguiente:

a) El impreso de solicitud (anexo 2) debidamente cumplimentado y firmado.

b) En el caso de alumnos extranjeros, una copia del pasaporte o del número de identidad de extranjero (NIE).

c) En el caso de alumnos extranjeros no comunitarios, una copia de la tarjeta de residencia.

d) En el supuesto de que no se autorice a la Administración para consultar los datos de empadronamiento, un certificado de empadronamiento que acredite la vecindad administrativa del solicitante en un municipio de las Illes Balears.

e) En el supuesto de que el municipio de empadronamiento no esté adherido a la Plataforma de Interoperabilidad de las Illes Balears, se tendrá que aportar un certificado de empadronamiento. Se pueden consultar estos municipios en la página web de interoperabilidad de la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, con el código de certificado SCDHPAJU (http://www.caib.es/sites/interoperabilitat/ca/servei_propi_scdhpaju-64436/).

f) En el supuesto de que no se autorice a la Administración para comprobar los datos referentes al goce de becas de la base de datos del Ministerio de Educación y Formación Profesional, un certificado emitido por el centro de enseñanza que acredite que el solicitante no ha recibido ninguna beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

g) Una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios de la cuenta de la que el alumno es titular o cotitular (anexo 3) debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante.

h) En el caso de presentar la solicitud en representación de un tercero, la acreditación de la representación legal y vigente con la que actúa la persona que firma la solicitud.

i) Cualquier otro documento que la Administración solicite porque lo considera necesario para verificar el cumplimiento y la efectividad de las condiciones de concesión de la ayuda.

2. En conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015 y el artículo 61 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, el órgano competente puede consultar los datos y consultar y obtener los documentos elaborados por otras administraciones públicas que se puedan consultar mediante redes corporativas o sistemas electrónicos habilitados a tal efecto y que sean necesarios para tramitar esta solicitud, excepto si el interesado se opone de manera expresa, lo cual se debe hacer constar en la solicitud.

3. En caso de que no se autoricen estas consultas, se debe aportar la documentación acreditativa, junto con la solicitud de ayuda.

4. La Administración debe verificar de oficio el requisito de matriculación mediante la plataforma GESTIB. También debe comprobar que los estudios que cursa el alumno no forman parte de la oferta formativa de su isla de residencia habitual.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo de presentación de las solicitudes empieza el día 15 de febrero de 2023 y acaba el día 28 de febrero de 2023.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta). Tel.: 971177771

(jlgomez@dgfpieas.caib.es)

X

Enmienda de solicitudes

Requisitos

Aparecer en el informe referente a la documentación de las solicitudes presentadas.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Del 13 al 17 de marzo de 2023.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta). Tel.: 971177771

(jlgomez@dgfpieas.caib.es)

X

Alegaciones a la propuesta de resolución provisional

Requisitos

Aparecer en la lista de beneficiarios (anexo 1) o excluidos (anexo 2).

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Del 28 de junio al 11 de julio de 2023.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta). Tel.: 971177771

(jlgomez@dgfpieas.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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