Requisitos
Para alumnos de ESPA
a) Estar matriculado en segundo, tercero o cuarto de educación secundaria de personas adultas (ESPA ) en los centros de educación para personas adultas de las Illes Balears durante el periodos 2022-2023, 2023-2024 o 2024-2025 (los cuatrimestres octubre-febrero y febrero-junio).
b) Tener 30 años o más el día de inicio de las actividades lectivas.
c) Estar inscrito como demandante de empleo desempleado al SOIB el día de inicio de las actividades lectivas.
d) Estar inscrito como demandante de empleo desempleado al SOIB u otro servicio público del Sistema Nacional de empleo durante al menos 4 meses en los últimos 6 anteriores al día que el alumno inicie las actividades lectivas.
e) Haber finalizado con aprovechamiento al menos uno de los ámbitos de conocimiento en alguno de los centros de educación para personas adultas de las Illes Balears.
Para alumnos de FP
a) Estar matriculado en un ciclo de formación profesional presencial de grado medio o superior en centros sostenidos con fondos públicos de la CAIB:
◦ En el caso específico de los alumnos de ciclos de formación profesional de 2000 horas de duración, se tienen que matricular a un número de módulos que sumados tienen que representar como mínimo 750 horas lectivas (se incluyen las prácticas formativas en centros de trabajo).
◦ En cuanto a los alumnos de ciclos de formación profesional de 1400 horas de duración, se tienen que matricular a un número de módulos que sumados tienen que representar como mínimo 750 horas lectivas al primer curso o al módulo de prácticas formativas en centros de trabajo en el curso siguiente.
b) Para las solicitudes del curso académico 2024-2025:
No haberse matriculado en ningún estudio reglado en el curso académico 2023-2024.
Esta condición no es aplicable para los alumnos matriculados con aprovechamiento en el primer curso de ciclos de FP presencial en el curso académico 2023-2024 que solicitaron una beca de éxito.
Dado que la finalidad de estas ayudas es el regreso al sistema educativo, los alumnos a los cuales se les haya denegado la beca en el curso académico 2023-2024 por haberse matriculado en un estudio reglado en el curso académico 2022-2023 tampoco tienen derecho ahora.
c) Tener 30 años o más el día de inicio de las actividades lectivas.
d) Estar inscrito como demandante de empleo desempleado en el SOIB el día de inicio de las actividades lectivas.
e) Estar inscrito como demandante de empleo desempleado en el SOIB u otro servicio público del Sistema Nacional de empleo durante al menos 4 meses en los últimos 6 anteriores al día que el alumno inicie las actividades lectivas.
f) Aprovechamiento del curso:
· En cuanto a los alumnos que cursen el primer curso de un ciclo de formación profesional, se tiene que interpretar que en junio están en condiciones de promocionar al segundo curso, en términos de aprovechamiento.
· En el caso de los alumnos que cursen el segundo curso de un ciclo de formación profesional de 2000 horas, o a las prácticas formativas en centros de trabajo, en el caso de los ciclos formativos de 1400 horas, se tiene que interpretar que al acabar están en condiciones de obtener la titulación oficial, en términos de aprovechamiento.
Documentación a presentar
a) Solicitud de acuerdo con el modelo que se encuentra en el web del SOIB.
b) Copia de la hoja de matriculación.
c) Declaración responsable de veracidad de datos bancarios.
d) En conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 61 del Real decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, el Servicio de Empleo de las Illes Balears puede obtener, excepto la oposición expresa de la persona interesada que se tiene que hacer constar en el modelo de solicitud, los certificados acreditativos que la persona interesada está al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria de las Illes Balears, la Agencia Tributaria Estatal y la Seguridad Social, así como la verificación de los datos de identidad (DNI).
En caso de que no se autoricen estas consultas, tiene que aportar la documentación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones anteriores, así como una copia del documento de identidad y, si procede, el informe de vida laboral. En caso de que no se autoricen estas consultas, se tiene que aportar la documentación acreditativa, junto con la solicitud de ayuda.
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Curso académico 2024-2025. 1er cuatrimestre de ESPA: del 1 de octubre de 2024 al 15 de enero de 2025
Curso académico 2024-2025. 2º cuatrimestre de ESPA: del 1 de febrero al 31 de mayo de 2025
Curso académico 2024-2025 para estudios de FP: del 1 de octubre de 2024 al 15 de enero de 2025
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Carrer Gremi d'Hortolans, 11, 1 planta. Polígon Son Rossinyol.
Tel.: 971177900
- Fax: 971176342
(bequesformacio@soib.caib.es)
Observaciones
Si opta por la presentación telemática, deberá adjuntar el modelo específico correspondiente que consta en el apartado documentación a presentar debidamente cumplimentado y firmado.