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Autorización de aprovechamientos forestales (tala de árboles)

Consiste en la tala de cualquier ejemplar de árbol forestal en suelo rústico, en aquellos casos en que no haya proyecto de ordenación, plan dasocrático o instrumento de gestión equivalente

Código SIA

208371

Personas destinatarias

Propietarios o titulares de fincas rústicas

Plazo máximo para la resolución y notificación

3 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

De acuerdo con el artículo 37 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, los aprovechamientos de madera y leñosos los regula el órgano forestal de la comunidad autónoma.

Si se trata de aprovechamientos domésticos de poca cuantía, se puede contactar con el Agente de Medio ambiente (AMA) de la zona para concertar una visita a la parcela, donde se expedirá un informe de autorización in situ. Para obtener el teléfono del AMA llamar al 971 17 66 77.

Órgano competente para resolver

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Trámites

X

Solicitud de autorización

Requisitos

Propietario o titular de la finca

Documentación a presentar

- Solicitud/instancia en modelo normalizado.

- Copia del DNI

- Copia de la escritura de propiedad de la finca o nota simple registral.

- Copia plano de la finca, con indicación geográfica precisa.

- Copia plano catastral (identificación detallada de polígono y parcela objeto de la transformación y calificación).

Modelos:

Plazo máximo

Se puede solicitar en cualquier momento

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo

Tel.: 971176677 - Fax: 971176712

(lberbiela@dgmambie.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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