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Obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera (gestor de transporte)

Para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera es necesario acreditar el cumplimiento del requisito de competencia profesional, en aplicación del que dispone el artículo 8.7 del Reglamento (CE) 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009. El régimen para acreditar esta competencia se regula en el anexo 2 del Reglamento de la Ley de ordenación de los transportes terrestres, aprobado por el Real decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.

En concreto, para la obtención del certificado es necesario estar en posesión del Título de Formación Profesional de Técnico Superior en Transporte y Logística, o superar un examen específico y acreditar estar en posesión de una determinada titulación.

Codi SIA

2862336

Persones destinatàries

A) Personas que acrediten estar en posesión del título de Formación Profesional de Técnico superior en Transporte y Logística, establecido por el Real decreto 1572/2011, de 4 de noviembre.

B) Personas que no cumplen aquello dispuesto en el punto anterior, las cuales podrán obtener el certificado de competencia profesional siempre y cuando complexin los dos puntos siguientes:

i) Acrediten estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

- Título de bachiller o equivalente.

- Título de técnico, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de grado mediano.

- Título de técnico superior, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de grado superior.

- Título universitario de grado o posgrado.

ii) Superen un examen específico.

Se puede encontrar la información en relación con el examen al anexo 2 del Real decreto 1211/1990, de 28 de septiembre por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de ordenación de los transportes terrestres; y al artículo 8.7 y al anexo 1 del Reglamento (CE) 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009.

Tanto en el supuesto A) como en el B) es necesario que el solicitante tenga la residencia habitual en un municipio de la isla de Mallorca. Se entiende por residencia habitual el lugar en el cual una persona vive habitualmente; es decir, durante al menos 185 días por año.

Termini per a resoldre i notificar

Seis meses.

Silenci administratiu

Negativo

Forma d'inici

Instancia de parte

Fi de la via administrativa

Si

Disponible per tramitar per persona apoderada

Si

Òrgan competent per a resoldre

Dirección General de Movilidad

Tràmits

X

Solicitud

Requisits

Lea con atención las dos opciones para obtener el certificado:

OPCIÓN A - Expedición directa del o de los certificados a aquellas personas que lo soliciten y que cumplan las dos condiciones siguientes:

.

1. Acreditar que estan en posesión del título de Formación Profesional de Técnico Superior en Transporte y Logística, establecido por el Real Decreto 1572/2011, de 4 de noviembre.

.

2. Acreditar que tienen la residencia habitual en un municipio de la isla de Mallorca. Se entiende por residencia habitual el lugar en el cual una persona vive habitualmente; es decir, durante al menos 185 días por año.

.

.

OPCIÓN B - Expedición del certificado de la modalidad oportuna (viajeros o mercancias) a aquellas personas que no cumplan el requisito de titulación de la opción A y que cumplan las dos condiciones siguientes:

.

1. Superar un examen específico, de acuerdo con lo que dispone el artículo 8 del Reglamento (CE) 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Anexo 2 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (Real Decreto 1211/1990).

.

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, solo podrán examinarse aquellas personas que acrediten estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

- Título de bachiller o equivalente.

- Título de técnico, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de grado medio.

- Título de técnico superior, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de grado superior.

- Título universitario de grado o posgrado.

.

2. Acreditar que tienen la residencia habitual en un municipio de la isla de Mallorca. Se entiende por residencia habitual el lugar en el cual una persona vive habitualmente; es decir, durante al menos 185 días por año.

.

Taxes

15F . Podéis obtener el modelo de autoliquidación 046 de la ATIB y realizar el pago a la página web de la ATIB (www.atib.es) > Tributos autonómicos > Gestiones y pago por vía telemática > Pago y/o impresión de tributos y otros ingresos no tributarios autonómicos > Modelo 046 > Lista de organismos > Consejería de Movilidad y Vivienda > Tasa por verificación del cumplimiento de la capacitación profesional de transportista y de actividades auxiliares y complementarias del transporte. - En el caso de impresión del modelo para el posterior pago mediante una entidad bancaria colaboradora (actualmente son las siguientes: CaixaBank; Banca March; Bankia; BBVA; Banco Santander; Targobank; Banco Sabadell; Colonya, Caixa Pollença; Cajamar – Caja Rural; Ibercaja; Deutsche Bank), se imprimirán (formato pdf) varios ejemplares o copias del modelo: una para la entidad colaboradora, una para la Administración autonómica y otra para la persona interesada (sujeto pasivo); en su caso, según el modelo de que se trate, se imprimirá otra copia para realizar los trámites administrativos o registrales que correspondan ante otra entidad u organismo (p. ej.: copia para el Registro de la Propiedad en el caso del modelo 600 -impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en su modalidad de transmisión de bienes inmuebles-). Si desea realizar el pago telemático (en los casos señalados será necesario que el usuario esté identificado o registrado debidamente en el Portal mediante una certificación digital adecuada emitida por una entidad certificadora), lo puede efectuar mediante alguno de los siguientes sistemas: Banca electrónica. Para utilizar este sistema de pago, ha ser titular de una cuenta en una entidad bancaria colaboradora y disponer de las acreditaciones de seguridad necesarias para operar por vía telemática. Actualmente las entidades colaboradoras con servicio de banca electrónica son CaixaBank, Banca March, Bankia, BBVA y Colonya, Caixa Pollença. Tarjeta bancaria. Este sistema permite el pago telemático mediante tarjetas bancarias de débito o de crédito con independencia de la entidad que la haya emitido.

Documentació a presentar

La que se indica a la solicitud.

Models:

Termini màxim

.

Forma de presentació

D'acord amb el que estableix l'article 16.4 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques, podeu dur a terme aquest tràmit mitjançant un dels canals següents (entre d'altres):


a) De manera telemàtica (*obligatori per als subjectes obligats a relacionar-se electrònicament amb les administracions per l'article 14.2 i 3 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, i opcional per a les persones físiques), fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ave permanente.


b) De manera presencial (només per a persones físiques), a qualsevol de les oficines de registre de l'Administració Autonòmica, de l'Administració General de l'Estat, de la resta de comunitats autònomes o de les entitats que integren l'Administració Local. Podeu consultar les adreces de totes les oficines de l'Administració Autonòmica.


c) A més, també podeu enviar la documentació per correu postal (només per a persones físiques). En aquest cas, heu de presentar els documents dins un sobre obert, a fi que el personal de l'oficina de Correus hi pugui indicar, mitjançant el segell oficial, el lloc, la data i l'hora exacta en què s'ha efectuat el registre. Aquestes dades també quedaran anotades en el resguard justificatiu de la presentació.


*Els subjectes als quals fan referència els apartats 2 i 3 de l'article 14 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, estan obligats a relacionar-se a través de mitjans electrònics amb les administracions, per la qual cosa, de conformitat amb el que estableix l'article 68.4 de la Llei esmentada, si algun d'aquests subjectes presenta la seva sol·licitud presencialment, l'administració pública l'ha de requerir que l'esmeni presentant-la per via electrònica.

Òrgan competent per a la tramitació

Dirección General de Movilidad

Contacte

Servei o Secció responsable

Servicio de Ordenación del Transporte Terrestre

C/ d'Eusebi Estada, 28. Tel.: 971177181 - Fax: 97176365

(fbouazza@dgmobil.caib.es)

Informació sobre protecció de dades

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tractament

Dirección General de Movilidad

Finalitat

Tramitación del procedimiento

Legitimació

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatari

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Drets

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Informació adicional

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