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Ayudas para cubrir las comisiones por apertura y de estudio, los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez (convocatoria 2022)

Concesión de ayudas a los emprendedores y a las empresas de las Islas Baleares que hayan formalizado operaciones financieras avaladas o coavalades por ISBA, SGR, destinadas a financiar nuevas inversiones productivas o para la liquidez.

Estas ayudas pueden ser objeto de cofinanciación en un 60% con cargo en el Programa Operativo FEDER 2021-2027 de las Illes Balears en cas d'operacions d'inversió.

Codi SIA

2856264

Persones destinatàries

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas para operaciones financieras:

-Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada y las sociedades civiles o comunidades de bienes, las agrupaciones de interés económico (AIE), las uniones temporales de empresas (UTE ) y empresas de economía social definidas en la Ley 5/2001, de 29 de marzo, de economía social y que cumplan los requisitos de las micro, pequeñas y medianas empresas

a) que financien proyectos de inversiones de las pymes, siempre que se hagan en centros productivos ubicados en las Illes Balears

b) que financien operaciones financieras de liquidez de pymes, la actividad principal de las cuales se haga en centros productivos ubicados en las Illes Balears

-Determinadas grandes empresas elegibles que cumplan la definición del apartado 24 del artículo 2 del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el cual se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, es decir, que no cumplan los criterios que establece el anexo Y para ser definidas como micro, pequeñas y medianas empresas, que tenguin hasta 499 trabajadores y que hayan formalizado o tenguin la intención de formalizar operaciones financieras que financien proyectos de inversiones, siempre que se hagan en centros productivos ubicados en las Illes Balears

-Quienes tenguin la titularidad de los derechos de explotación de las instalaciones de suministro de combustibles y carburantes al por menor, así como las empresas que realicen ventas directas a los consumidores finales ubicadas en las Illes Balears y actúen como colaboradores en la bonificación extraordinaria y temporal en el precio de venta al público de determinados productos energéticos y aditivos entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2022 que establece el Real Decreto-ley 6/2022.

Los beneficiarios de ayudas derivadas de convocatorias de años anteriores no pueden ser beneficiarios simultáneamente de las ayudas que regula esta convocatoria por una misma operación de financiación o proyecto de inversión.

Termini per a resoldre i notificar

6 meses

Silenci administratiu

Negativo

Forma d'inici

Instancia de parte

Fi de la via administrativa

Si

Disponible per tramitar per persona apoderada

Si

Òrgan competent per a resoldre

Consejería de Economía, Hacienda e Innovación

Documents relacionats amb el procediment

  • Resolución aprobación convocatoria (BOIB 32/2022)
    Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 25 de febrero de 2022 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2022 de ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y de estudio, los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez, que podrá ser objeto de cofinanciación con cargo al Programa Operativo FEDER 2021-2027 de las Illes Balears
  • Resolución corrección errores (BOIB 36/2022)
    Resolución de la consejera de Hacienda i Relaciones Exteriores de 9 de marzo de 2002 de corrección del error observado en el anexo 1 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 25 de febrero de 2022 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2022 de ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y de estudio, los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez, que podrá ser objeto de cofinanciación con cargo al Programa Operativo FEDER 2021-2027 de las Illes Balears
  • Resolución modificación convocatoria (BOIB 59/2022)
    Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 2 de mayo de 2022 de modificación de la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 25de febrero de 2022 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2022 de ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y de estudio, los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez, que podrá ser objeto de cofinanciación con cargo al Programa Operativo FEDER 2021-2027 de las Illes Balears
  • Resolución modificación convocatoria (BOIB 103/2022)
    Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, de 28 de julio de 2022, de modificación de la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 25 de febrero de 2022 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2022 de ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y de estudio, los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez, que pueden ser objeto de cofinanciación con cargo al Programa Operativo FEDER 2021-2027 de las Illes Balears
  • Resolución modificación convocatoria (BOIB 148/2022)
    Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 11 de noviembre de 2022 de modificación de la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 25 de febrero de 2022 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2022 de ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones por apertura y de estudio, los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez, que puede ser objeto de cofinanciación con cargo al Programa Operativo FEDER 2021-2027 de las Illes Balears
  • Resolución corrección errores modificación convocatoria (BOIB 155/2022)
    Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 17 de noviembre de 2022 de corrección de errores en el anexo 1 de la Resolución de 11 de noviembre de 2022 de modificación de la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 25 de febrero de 2022 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2022 de ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones por apertura y de estudio, los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez, que puede ser objeto de cofinanciación con cargo al Programa Operativo FEDER 2021-2027 Illes Balears
  • Corrección errata Resolución modificación convocatoria (BOIB 155/2022)
    Corrección de errata de la "Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 11 de noviembre de 2022 de modificación de la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 25 de febrero de 2022 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2022 de ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones por apertura y de estudio, los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez, que puede ser objeto de cofinanciación con cargo al Programa Operativo FEDER 2021-2027 de las Illes Balears"

Tràmits

X

Solicitud de ayudas

Requisits

Para poder recibir ayudas, las operaciones financieras avaladas tienen que cumplir los requisitos siguientes:

- avales financieros concedidos por una sociedad de garantía recíproca la mayoría de los socios partícipes de la cual sean empresas que lleven a cabo su actividad principal en el territorio de las Illes Balears, o avales financieros concedidos por una sociedad de garantía recíproca a empresas que lleven a cabo su actividad principal en el territorio de las Illes Balears,

- tipos de interés variable entre el euríbor +1,5% y el euríbor +2,5%; o tipo fijo equivalente al que resulte de aplicar un diferencial del 1,5% al IRS (interest rate swap) en el plazo que corresponda o, en el caso de operaciones de liquidez para pymes formalizadas entre el 1 de octubre de 2022 y el 31 de mayo de 2023, el tipo fijo equivalente al que resulte de aplicar un diferencial del 2% al IRS en el plazo que corresponda, y

- refianzamiento de la operación, en un importe mínimo del 25%, por una sociedad de refianzamiento de las que prevé el artículo 11 de la Ley 1/1994, de 11 de marzo, sobre el Régimen jurídico de las sociedades de garantía recíproca, y regula el Real Decreto 1644/1997, de 31 de octubre, relativo a las normas de autorización administrativa y requisitos de solvencia de las sociedades de refianzamiento .

Las operaciones financieras se tienen que formalizar en el período siguiente:

- Operaciones de inversión para pymes: del 1 de diciembre de 2021 al 30 de noviembre de 2022

- Operaciones de inversión para determinadas grandes empresas eligibles: del 6 de mayo de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2022

- Operaciones de liquidez para estaciones de servicios: del 6 de mayo de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2022

- Operaciones de liquidez para pymes antes de la modificación de la convocatoria del 11 de noviembre de 2022: del 1 de diciembre de 2021 al 30 de septiembre de 2022

- Operaciones de liquidez para pymes después de la modificación de la convocatoria del 11 de noviembre de 2022: del 1 de octubre de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023*

*Las ayudas por operaciones de liquidez para pymes formalizadas entre el 1 de octubre de 2022 y el día antes de que se publique la Resolución de modificación de 11 de noviembre de 2022 que se hayan concedido antes de la publicación de esta modificación de la convocatoria se rigen por las condiciones establecidas en la convocatoria antes de la modificación

Documentació a presentar

Las solicitudes, con su documentación complementaria, se tienen que presentar utilizando los modelos que hay disponibles en el web de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores.

Junto con la solicitud se tiene que presentar la documentación que se indica en el apartado 9.2. de la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 25 de febrero de 2022 por la cual se aprueba la convocatoria para el año 2022 de ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones por apertura y de estudio, los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez

Models:

Documents relacionats amb el tràmit:

Termini màxim

Operaciones de inversión para pymes: del 04/03/2022 hasta el 09/12/2022

Operaciones de inversión para determinadas grandes empresas eligibles: del 06/05/2022 hasta el 09/12/2022

Operaciones de liquidez para estaciones de servicios: del 06/05/2022 hasta el 09/12/2022

Operaciones de liquidez para pymes formalizadas hasta el 30/09/2022: del 4/03/2022 hasta el 09/12/2022

Operaciones de liquidez para pymes formalizadas a partir del 01/10/2022: del 18/11/2022 hasta el 15/06/2023*

Forma de presentació

D'acord amb el que estableix l'article 16.4 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques, podeu dur a terme aquest tràmit mitjançant un dels canals següents (entre d'altres):


a) De manera telemàtica (*obligatori per als subjectes obligats a relacionar-se electrònicament amb les administracions per l'article 14.2 i 3 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, i opcional per a les persones físiques), fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ave permanente.


b) De manera presencial (només per a persones físiques), a qualsevol de les oficines de registre de l'Administració Autonòmica, de l'Administració General de l'Estat, de la resta de comunitats autònomes o de les entitats que integren l'Administració Local. Podeu consultar les adreces de totes les oficines de l'Administració Autonòmica.


c) A més, també podeu enviar la documentació per correu postal (només per a persones físiques). En aquest cas, heu de presentar els documents dins un sobre obert, a fi que el personal de l'oficina de Correus hi pugui indicar, mitjançant el segell oficial, el lloc, la data i l'hora exacta en què s'ha efectuat el registre. Aquestes dades també quedaran anotades en el resguard justificatiu de la presentació.


*Els subjectes als quals fan referència els apartats 2 i 3 de l'article 14 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, estan obligats a relacionar-se a través de mitjans electrònics amb les administracions, per la qual cosa, de conformitat amb el que estableix l'article 68.4 de la Llei esmentada, si algun d'aquests subjectes presenta la seva sol·licitud presencialment, l'administració pública l'ha de requerir que l'esmeni presentant-la per via electrònica.

Òrgan competent per a la tramitació

Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

Contacte

Servei o Secció responsable

Servicio de Política Financiera y Seguros

C/ del Palau Reial, 17. Tel.: 971177107

(politicafinancera@tresorer.caib.es)

Observacions

*Las ayudas para operaciones de liquidez para pymes formalizadas entre el 1 de octubre de 2022 y el día antes de que se publique la Resolución de modificación de 11 de noviembre de 2022 que se hayan concedido antes de la publicación de esta modificación de la convocatoria se rigen por las condiciones establecidas en la convocatoria antes de la modificación.

Forma de presentación preferente:

En el registro de la sociedad de garantía recíproca que avale la operación financiera, entidad colaboradora, de forma telemática (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/ 2015 citada, y opcional para las personas físicas), o presencial (sólo para personas físicas).

La entidad colaboradora de la convocatoria es ISBA, sociedad de garantía recíproca.

https://www.isbasgr.es/es/

X

Justificació dels ajuts per cobrar el subsidi d'interessos

Requisits

Tenir concedit un ajut el marc d'aquesta convocatòria, en concepte d'interessos, que d'acord amb la convocatòria, es pagaran en l'exercici 2023, prèvia justificació

Documentació a presentar

Operacions de finançament d'inversions productives: documentació indicada en el punt 14.4.1 de la convocatòria

Operacions financeres de liquiditat per a estacions de servei: certificat de l'import disposat de l'operació, un cop liquidada.

Termini màxim

Operacions de finançament d'inversions productives: de l'1 de gener al 31 d'octubre de 2023

Operacions financeres de liquiditat per a estacions de servei: com les operacions havien de tenir una durada màxima d'1 any i es podien formalitzar fins al 30/11/2022, s'ha de presentar la justificació durant 2023, amb data límit 9 de desembre de 2023.

Forma de presentació

La presentació d'aquest tràmit únicament es pot fer per via telemàtica, i heu d'accedir fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ve permanente.

Òrgan competent per a la tramitació

Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

Contacte

Servei o Secció responsable

Servicio de Política Financiera y Seguros

C/ del Palau Reial, 17. Tel.: 971177107

(politicafinancera@tresorer.caib.es)

Observacions

Les justificacions s'han de presentar davant l'entitat col·laboradora, ISBA, SGR, que les revisarà i trametrà a la Conselleria d'Hisenda i Relacions Exteriors

X

Solicitud pago anualidad ayuda coste aval

Requisits

La solicitud será realizada por la entidad colaboradora, en nombre de los beneficiarios que a los que se les haya concedido una subvención de esta convocatoria

Documentació a presentar

Relación de expedientes de ayudas de esta convocatoria con los importes de la ayuda a la anualidad del coste del aval que corresponda.

Termini màxim

Anualidad 2023: del 1 de enero al 30 de noviembre de 2023

Anualidad 2024: del 1 de enero al 30 de noviembre de 2024

Anualidad 2025: del 1 de enero al 30 de noviembre de 2025

Forma de presentació

La presentació d'aquest tràmit únicament es pot fer per via telemàtica, i heu d'accedir fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ve permanente.

Òrgan competent per a la tramitació

Servicio de Política Financiera y Seguros

Contacte

Servei o Secció responsable

Servicio de Política Financiera y Seguros

C/ del Palau Reial, 17. Tel.: 971177107

(politicafinancera@tresorer.caib.es)

Observacions

Relación de expedientes de ayudas de esta convocatoria con los importes de la ayuda a la anualidad del coste del aval que corresponda.

X

Presentación de alegaciones en trámite de audiencia

Requisits

Haber recibido una notificación de la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio para presentar alegaciones a alguna propuesta de resolución, en marco de esta convocatoria de ayudas

Documentació a presentar

La documentación que se indique en la propuesta de resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

Termini màxim

10 días hábiles desde el día siguiente a la notificación o plazo que establezca la propuesta de resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, si es diferente.

Forma de presentació

La presentació d'aquest tràmit únicament es pot fer per via telemàtica, i heu d'accedir fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ve permanente.

Òrgan competent per a la tramitació

Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

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Servei o Secció responsable

Servicio de Política Financiera y Seguros

C/ del Palau Reial, 17. Tel.: 971177107

(politicafinancera@tresorer.caib.es)

Informació sobre protecció de dades

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tractament

Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

Finalitat

Tramitación del procedimiento

Legitimació

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatari

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Drets

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Informació adicional

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