Comunicación previa de productor de residuos
Tendrán que presentar comunicación previa al inicio de las actividades las entidades o empresas que producen residuos.
Deben de presentar una comunicación por cada uno de los centros productores.
Código SIA
207846
Personas destinatarias
Entidades particulares y empresas
Plazo máximo para la resolución y notificación
No hay resolución expresa.
Silencio administrativo
No es de aplicación
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Observaciones
Están obligados a presentar esta comunicación:
- Los productores de residuos peligrosos
- Los productores de residuos no peligrosos si superan las 1000 Tn / año.
Se presentará una comunicación previa por centro productor, incluyendo los residuos no peligrosos, justo si la cantidad total es mayor a 1000 Tn / año.
Una vez revisada la documentación presentada junto a la comunicación previa, si toda es correcta, pasarán a formar parte de un registro público, en el que obtendrán un código NIMA.
Una vez la entidad aparece en la página web con su código NIMA, la empresa está registrada. En cambio, si la documentación no es correcta, se le enviará una carta de subsanación de deficiencias, para que un plazo determinado, presente la documentación adecuada.
Los productores de residuos peligrosos están obligados a elaborar y remitir a la Comunidad Autónoma un estudio de minimización, comprometiéndose a reducir la producción de sus residuos. Quedan exentos, los pequeños productores (menos de 10 Tn / año).
Los productores de residuos están obligados a constituir una fianza en caso de que generen más de 10 Tn/año de residuos peligrosos. Esta fianza tendrá por objeto responder ante la Administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad y de la comunicación (Artículo 23 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados por una economía circular) .
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Servicio de Residuos y suelos contaminados
Documentos relacionados con el procedimiento
Trámites
COMUNICACIÓN PREVIA DE PRODUCTOR DE RESIDUOS
Requisitos
Están obligados a presentar esta comunicación:
- Los productores de residuos peligrosos.
- Los productores de residuos no peligrosos si superan las 1.000 T/año.
Documentación a presentar
- Identificación de la empresa con copia del CIF y representante legal con copia del DNI.
- Escritura o apoderamiento a favor del representante.
- Contrato(s) de tratamiento con el/los gestor/es de los residuos (artículo 5 del Real decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado) o declaración responsable del productor en el que hace constar el compromiso de disponer del contrato de tratamiento que corresponde con el gestor de residuos.
Plazo máximo
Todo el año
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital o DNI electrónico.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Residuos y Educación Ambiental
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Residuos y suelos contaminados
Gremi de Corredors 10. Polígon de Son Rossinyol. Tel.: 971176684
(residus@caib.es)
Observaciones
Se admitirá la presentación de este trámite por una persona física o entidad jurídica distinta del interesado siempre que esté debidamente autorizado, el apoderamiento o autorización de representación debe estar inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) @podera. En este caso, en el apartado 'Documentación' de este trámite se solicitara el justificante de registro de apoderamiento.
Los productores de residuos están obligados a constituir una fianza en caso de que generen más de 10 Tn/año de residuos peligrosos. Esta fianza tendrá por objeto responder ante la Administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad y de la comunicación (Artículo 23 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados por una economía circular) .