Derecho de acceso a la información pública medioambiental
Acceder a la información ambiental que esté en poder de las autoridades públicas o en el de otros sujetos en su nombre.
Código SIA
2352314
Personas destinatarias
Cualquier persona física o jurídica, así como sus asociaciones, organizaciones y grupos sin que para ello estén obligados a declarar un interés determinado, sea cual sea su nacionalidad, domicilio o sede, mediante solicitud previa.
Plazo máximo para la resolución y notificación
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución de acceso a la información es de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver. Sin embargo, este plazo podrá ampliarse otro mes en caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita lo hagan necesario.
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Observaciones
La Dirección General de Coordinación y Transparencia de la Consellería de Presidencia y Administraciones Públicas lleva la Unidad de coordinación de la gestión del derecho de acceso a la información pública medioambiental de la CA de las Illes Balears y de su sector público, encargándose del análisis previo de las solicitudes y la derivación al órgano competente.
Cada consellería tiene una unidad de transparencia que gestiona las solicitudes de acceso de su consejería y los entes del sector público que tenga adscritos.
Una vez derivada la solicitud a la conselleria competente esta llevará la tramitación de procedimiento concreto. El o la titular de la consellería también será competente para tramitar y resolver las solicitudes de acceso a información pública medioambiental en relación con asuntos de las entidades del sector público autonómico que tenga adscritos.
El plazo para resolver y notificar se inicia en la fecha de entrada en el órgano competente
Para realizar la presentación telemática necesita identificarse mediante cualquiera de los sistemas reconocidos por Cl@ve (mediante un certificado electrónico -incluido el DNI electrónico-, el sistema Cl@ve PIN o el sistema Cl@ve Permanente).
Sin embargo, si no dispone de estos sistemas de identificación, también puede presentar la solicitud por vía telemática sin necesidad de autenticarse. En este caso deberá indicar todos sus datos identificativos e introducir su número de teléfono móvil, ya que posteriormente recibirá un SMS con un código que deberá introducir para poder registrar la solicitud correctamente.
- Si sólo desea hacer una consulta sobre cuestiones medioambientales (horarios, oficinas, trámites, etc) no debe utiltizar este procedimiento, sino que debe contactar con el Punto de Información Ambiental (PIA) por correo electrónico a pia@dgqal.caib.es o mediante el teléfono gratuito 900 15 16 17 del Punto d'Información Ambiental (PIA). http://www.caib.es/sites/puntdinformacioambiental/ca/contacta_amb_el_pia-53470/
Más información: Web derecho de acceso a la información pública ambiental:
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
El organo competente por materia