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Reclamación de responsabilidad patrimonial por el funcionamiento de la Administración

Indemnizar a particulares de toda lesión que padezcan en cualquiera de sus bienes y derechos, excepto en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos y el daño alegado sea efectivo, evaluable económicamente e individualizado en relación a una persona o un grupo de personas.

Las reclamaciones de responsabilidad patrimonial en materia de educación se deben presentar a través del procedimiento específico que encontrarán en el enlace https://www.caib.es/seucaib/es/200/persones/tramites/tramite/6056212/

En el caso de daños y perjuicios ocasionados por la actuación del Servicio de Salud de las Illes Balears, las reclamaciones se tienen que presentar a través del procedimiento específico del IB-Salut, que encontrarán en el enlace https://www.caib.es/seucaib/es/200/persones/tramites/tramite/3032562.

Código SIA

2238234

Personas destinatarias

Cualquier persona que considere que han sido lesionados sus bienes o derechos como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

El organo competente por materia

Trámites

X

Solicitud de reclamación

Requisitos

Cualquier persona que considere que se han lesionado sus bienes o derechos como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Mientras no haya prescrito el derecho a reclamar. Los plazos de prescripción están establecidos al artículo 67 de la Ley 39/2015 y al artículo 32 de la Ley 40/2015.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

El organo competente por materia

Contacto

Servicio o Sección responsable

Oficina de Administración Electrónica

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

X

Presentación de documentación

Requisitos

Ser persona interesada en el procedimiento

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Hasta la apertura del trámite de audiencia

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

El organo competente por materia

Contacto

Servicio o Sección responsable

Oficina de Administración Electrónica

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

X

Presentación de alegaciones

Requisitos

Ser persona interesada en el procedimiento

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

El indicado en el escrito de apertura del trámite para presentar alegaciones y, en cualquier caso, hasta la apertura del trámite de audiencia, si cabe.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

El organo competente por materia

Contacto

Servicio o Sección responsable

Oficina de Administración Electrónica

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

El órgano directivo (dirección general o secretaría general) competente para la tramitación del procedimiento/servicio

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una obligación legal

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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