Requisitos
Interesados en el acto que se recurre
Documentación a presentar
Dentro del plazo de cuatro años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada, cuando se trate de la causa a) del artículo 125.1. Cuando se trate de las causas b), c) y d), el plazo es de tres meses a contar del conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme.
Modelos:
Plazo máximo
Dins el termini de quatre anys següents a la data de la notificació de la resolució impugnada, quan es tracti de la causa a) de l'article 125.1. Quan es tracti de les causes b), c) i d), el termini és de tres mesos a comptar del coneixement dels documents o des que la sentència judicial va quedar ferma.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
El organo competente por materia
Contacto
Servicio o Sección responsable
Oficina de Administración Electrónica
C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).