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Recurso extraordinario de revisión

Revisar los actos firmes en vía administrativa cuando concurra alguna de las circunstancias que prevé la Ley 39/2015

Código SIA

2217253

Personas destinatarias

Interesados en el procedimiento

Plazo máximo para la resolución y notificación

3 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

El organo competente por materia

Trámites

X

Presentación del escrito de interposición del recurso

Requisitos

Interesados en el acto que se recurre

Documentación a presentar

Dentro del plazo de cuatro años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada, cuando se trate de la causa a) del artículo 125.1. Cuando se trate de las causas b), c) y d), el plazo es de tres meses a contar del conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme.

Modelos:

Plazo máximo

Dins el termini de quatre anys següents a la data de la notificació de la resolució impugnada, quan es tracti de la causa a) de l'article 125.1. Quan es tracti de les causes b), c) i d), el termini és de tres mesos a comptar del coneixement dels documents o des que la sentència judicial va quedar ferma.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

El organo competente por materia

Contacto

Servicio o Sección responsable

Oficina de Administración Electrónica

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

X

Alegaciones al trámite de audiencia

Requisitos

Que se haya dado audiencia al interesado en el recurso.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

El que determini l'òrgan competent per a la tramitació, que no pot ser inferior a 10 dies ni superior a 15

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

El organo competente por materia

Contacto

Servicio o Sección responsable

Oficina de Administración Electrónica

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

Observaciones

El que determine el órgano competente para la tramitación, que no puede ser inferior a 10 días ni superior a 15.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

El órgano directivo (dirección general o secretaría general) competente para la tramitación del procedimiento/servicio

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una obligación legal

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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