Requisitos
Presentar un Plan de cooperación para hacer promoción y con los requisitos establecidos en los apartados 3 y 4 de la convocatoria, tener un mínimo de 20 puntos, y no haber empezado las actuaciones
Documentación a presentar
Solicitud de ayuda correctamente rellenada (Anexo I), acompañada de la documentación siguiente:
a) En caso de personas jurídicas, fotocopia compulsada del NIF y de los estatutos sociales.
b) Acreditación de la representación con la cual actúa el infrascrito de la solicitud, si fuese necesario.
c) En relación con los integrantes del grupo:
- Si son personas jurídicas, fotocopia compulsada del NIF y de los estatutos sociales, correctamente inscritos, y del documento que acredite la representación.
- Modelo "autorización/Compromiso/Declaración" incluido en el anexo I que figura a la página web del FOGAIBA, debidamente rellenado, el cual necesariamente tiene que incluir: la autorización expresa de los integrantes del grupo para comprobar los requisitos que prevé el punto 1 del apartado tercero de la convocatoria y, si fuese necesario, el compromiso de ejercer la actividad agraria un mínimo de cinco años y la declaración responsable de tener la consideración de pequeña o mediana empresa, de acuerdo con la definición que prevé la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión.
d) Plan de cooperación, que prevé el punto 1 del apartado tercero de la convocatoria.
e) Presupuestos de las actuaciones en los términos que prevé el apartado cuarto, punto 7, de la convocatoria.
Modelos:
Plazo máximo
Hasta el día 31/01/2019
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Ayudas Al Desarrollo Rural
C/ de la Reina Constança, 4.
Tel.: 971176555
- Fax: 971176871