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Registro de núcleos zoológicos

El Registro de Núcleos Zoológicos hace referencia a los animales que no se destinan a la producción de alimentos.

Código SIA

215986

Personas destinatarias

Zoosafaris, Parques o jardines zoológicos, reservas zoològiques,circs, colecciones zoológicas privadas, granjas cinegéticas, otras agrupaciones zoológicas, Centros de cría, residencias y refugios, escuelas de adiestramiento, centros de recogida de animales, perreras deportivas, centros de importación d'animals,laboratoris y centros de experimentación con animales, tiendas de animales, otros establecimientos para la venta de animales.

Plazo máximo para la resolución y notificación

3 meses

Silencio administrativo

No es de aplicación

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Sóleo citud inscripción

Requisitos

Para la autorización y el registro de los establecimientos especificados se tienen que cumplir los requisitos siguientes:

- Emplazamiento adecuado con dotación de los medios apropiados para el aislamiento sanitario.

- Instalaciones y equipos idóneos, que permitan el manejo higiénico del establecimiento.

- Dotación de agua potable.

- Medios para la limpieza y la desinfección del recinto destinado a los animales de transporte, en caso de que se utilice.

- Sistema de eliminación de excrementos y orina de los animales.

- Sistema de destrucción o eliminación de cadáveres y materias contumaces .

Libro de registro

Los centros y establecimientos especificados tienen que traer un libro de registro en que se especifique, para cada animal, la información siguiente:

- Fecha de entrada.

- Procedencia.

- Identificación individual de la especie y la raza.

- Fecha de salida.

- Destino.

Las especies que por razón del tamaño o del sistema de comercialización, se adquieran en lotes, se tienen que identificar en el libro de registro por lotes de la misma especie entrados en la misma fecha en el establecimiento. Estos lotes se tienen que numerar y se tiene que anotar, para cada uno, los datos de origen y la procedencia.

Las bajas de animales por muerto, venta o cualquiera otro motivo, se tienen que hacer constar en el libro de registro.

Los datos que figuran en el libro de registro tienen la consideración de estadística y de control sanitario, y pueden ser utilizadas por la Consejería con estas finalidades.

Acreditación del origen

Se tiene que poder acreditar el origen de cada animal de compañía o de especies protegidas presentes en los núcleos zoológicos mediante los documentos siguientes:

- Factura de compra, si se trata de un animal de compañía.

- Certificado del Servicio de Conservación de la Natura, si se trata de una especie de la fauna silvestre autóctona.

En el caso de especies no autóctonas, hay que disponer de los documentos siguiente:

- Documento CITAS para los animales incluidos en los anexos 1, 2 y 3 del Convenio de Washington.

- Certificado de reconocimiento sanitario de la aduana española o autorización zoosanitària de entrada.

- Factura de venta.

Documentación a presentar

- Memoria de actividades y croquis de ubicación de las instalaciones.

- Informe técnico sanitario firmado por un veterinario colegiado .

- Licencia municipal o solicitud de esta al ayuntamiento.

- En el caso de persona física, copia del DNI.

- En el caso de entidad jurídica, copia de la escritura de constitución y DNI del representante.

Este acto está sujete al pago previo de la tasa para la inclusión en el Registro, libramiento y diligencia de los libros de núcleos zoológicos, de acuerdo con el artículo 403.1.2 de la Ley 11/1998, de 14 de septiembre, del régimen de tasas de las Islas Baleares, que actualmente es de 60,31 euros. Por eso , para poder retirar la documentación, hay que abonar la tasa y acreditarlo mediante el resguardo correspondiente.

Modelos:

Plazo máximo

3 meses

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ganadería

C/ Reina Constança, 4 . Tel.: 971176047 - Fax: 971176880

(ramaderia@dgagric.caib.es)

Observaciones

Solicitud inscripció en el Registre de Nuclis Zoològics de la Conselleria d'Agricultura, Medi Ambient i Territori

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Finalidad

Tramitación del procedimento

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional