Vuelve

Sede Electrónica

Si buscas un procedimento dirigido a persones físicas y a la ciudadanía en general

Si buscas un procedimento dirigido a persones jurídicas, autónomos, cooperativas, asociaciones, fundaciones, ONG?S...

Si buscas un procedimento dirigido a otras administraciones públicas o entes, organismos y entidades que integran el sector público (consorcios, organismos autónomos, etc...)

Autorización para el buceo recreativo individual en las reservas marinas

Es el documento administrativo nominal, individual e intransferible, obligatorio que permite la práctica del buceo recreativo en las reservas marinas.

En las Illes Balears hay 12 reservas marinas: Norte de Menorca, Illa del Aire de Menorca, Freus de Ibiza y Formentera, la Punta de sa Creu de Formentera, la costa noreste de Ibiza-Tagomago, Bahía de Palma, Freu de sa Dragonera, de las islas del Toro y de las Malgrats, Migjorn, Llevant de Mallorca, ses Bledes y Vedrà-Vedranell en Ibiza.

Requisitos para obtener la autorización (on line):

- Disponer de un título oficial de buceo recreativo en vigor.

- Poseer un seguro en vigor de accidentes y de responsabilidad civil que cumpla la normativa vigente.

- Adquirir el compromiso de aplicar los criterios de buceo responsable en las reservas marinas (ver en documentos relacionados).

- Pagar la tasa correspondiente.

- En el caso de menores de edad, hay que adjuntar el consentimiento del tutor legal, si este no participa en la inmersión.

Si se cumplen los requisitos establecidos, el Director General de Pesca y Medio Marino emitirá una resolución para autorizar la práctica del buceo recreativo con escafandra en las reservas marinas.

Tanto las solicitudes como las resoluciones se tramitarán y obtendrán preferentemente de forma telemática.

El importe de las tasas varía según la duración y la reserva marina.

1. Autorizaciones diarias: 5,24 €

RM de los Freus de Ibiza y Formentera

RM del Migjorn de Mallorca

RM del Norte de Menorca

RM de la Bahía de Palma

RM del Levante de Mallorca (solo válida en la zona autonómica)

Zona especial de buceo de la isla del Toro

Zona especial de buceo de las islas Malgrats

RM dede las islas del Toro y de las islas Malgrats (fuera de las zonas especiales de buceo del Toro y Malgrats)

RM del Freu de sa Dragonera (solo válida en la zona autonómica)

RM de la Punta de sa Creu

RM de la costa noreste de Ibiza-Tagomago

RM de la Illa de l'Aire

RM de ses Bledes

RM des Vedrà-Vedranell

Para solicitar la autorización, pulsar aquí.

2. Autorizaciones semanales: 15,71 €

Zonas especiales de buceo de las islas del Toro y de las Malgrats

Para solicitar la autorización, pulsar aquí.

3. Autorizaciones quincenales: 10,47€

RM de los Freus de Ibiza y Formentera

RM del Migjorn de Mallorca

RM del Norte de Menorca

RM de la Bahía de Palma

RM de las islas del Toro y de las Malgrats (no incluye las zonas especiales de buceo del Toro y Malgrats)

RM de la Illa de l'Aire

RM de la costa noreste de Ibiza-Tagomago

RM del Levante de Mallorca (solo válida en la zona autonómica)

RM del Freu de sa Dragonera (solo válida en la zona autonómica)

RM de la Punta de sa Creu

RM de ses Bledes

RM des Vedrà-Vedranell

Para solicitar la autorización, pulsar aquí.

4. Autorización anual: 52,82 €

La obtención de una sola autorización, permitirá bucear en el resto de reservas marinas de la misma isla, excepto en las dos zonas especiales de buceo de la isla del Toro y de las islas Malgrats, en Mallorca, que tiene una regulación diferente.

Reservas marinas de Mallorca:

RM de la Bahía de Palma

RM del Migjorn de Mallorca

RM de las islas del Toro y de las Malgrats (no incluye las zonas especiales de buceo del Toro y Malgrats)

RM del Levante de Mallorca (solo válida en la zona autonómica)

RM del Freu de sa Dragonera (solo válida en la zona autonómica)

Reservas marinas de Menorca:

RM del Norte de Menorca

RM de la Illa del Aire

Reservas marinas de Ibiza:

RM de los Freus de Ibiza y Formentera

RM de la costa nordeste de Ibiza-Tagomago

RM de ses Bledes

RM des Vedrà-Vedranell

Reservas marinas de Formentera:

RM de los Freus de Ibiza y Formentera

RM de la Punta de sa Creu

Para solicitar la autorización, pulsar aquí.

Código SIA

208028

Personas destinatarias

Personas que quieran realizar inmersiones en las reservas marinas de las Illes Balears gestionadas por la CAIB.

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

- La actividad de buceo recreativo se rige por lo dispuesto en el Decreto 35/207, de 7 de julio, por el que se modifica el Decreto 14/2014, de 14 de marzo, por el que se establecen los principios generales en materia de buceo recreativo en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el resto de normativa, estatal o autonómica que le sea aplicable.

- En algunas reservas marinas hay zonas de protección especial (reserva integral), en las cuales no se puede practicar el submarinismo recreativo con escafandra autónoma.

- En la Reserva Marina del Norte de Menorca hay dos zonas de buceo, la del cabo de Cavalleria tiene un límite diario de visitas.

- En las reservas marinas del Norte de Menorca, la de la Illa de l'Aire y en la zona especial de buceo del Toro, no se permite el buceo recreativo en el interior de las cuevas submarinas.

Órgano competente para resolver

Dirección General de Pesca

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Autorización para el buceo recreativo individual en las reservas marinas

Requisitos

- Disponer de la titulación necesaria para poder practicar el buceo recreativo.

- Cumplir con la normativa que rige la actividad del busseig recreativo.

- Realizar el pago de una tasa

Documentación a presentar

- Datos de los documento de identificación personal: DNI/NIE/Pasaporte.

- Datos de la titulación relacionada con el busseig recreativo y seguro médico de la persona interesada.

- Resguardo del pago de la tasa.

Plazo máximo

No hay

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Pesca

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Recursos Marinos

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176100

(reservesmarines@dgpesca.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Pesca

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

Descargar