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Solicitud de expedición, renovación y duplicado de la libreta de actividades subacuáticas

De acuerdo com lo que establece el artículo 8 del Decreto 55/2022 de 19 de diciembre por el que se regula el buceo en las modalidades profesional, extractivo, científico y para fines de servicio público en aguas marítimas y continentales de las Illes Balears

Código SIA

207785

Personas destinatarias

Buceadores con la tarjeta de acreditación de identidad subaquàtica o titulación de buceo correspondiente en vigor

Plazo máximo para la resolución y notificación

No procede

Silencio administrativo

Según normativa aplicable

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Dirección General de Pesca

Trámites

X

Modelo de solicitud de expedición, renovación y duplicado de la libreta de actividades subacuáticas

Requisitos

Disponer de la tarjeta de acreditación de identidad subacuática o titulación de buceo correspondiente vigente

Documentación a presentar

Para tramitar la expedición, la renovación o el duplicado de la libreta de actividades subacuáticas de las Illes Balears, deberá presentarse ante la Dirección General de Pesca, la Solicitud de expedición, renovación y duplicado de la libreta de actividades subacuáticas de las Illes Balears que se encuentra en esta página y, deberá adjuntar la siguiente documentación:

1. Expedición:

a) Fotocopia del DNI

b) Fotografía de tipo carnet.

c) Tarjeta de acreditación de identidad subacuática o tarjetas y títulos de buceo profesional vigentes.

d) Certificado médico con resultado apto en vigor, expedido de acuerdo con la normativa reguladora de los reconocimientos médicos de aptitud o de las condiciones de seguridad en las actividades de buceo, firmado por un médico preferiblemente del Instituto Social de la Marina en el caso del buceo profesional o por un médico que disponga de un título, especialidad, diploma o certificado relacionado con las actividades subacuáticas o deportivas para las otras modalidades.

e) Justificante del pago de la tasa correspondiente para el reconocimiento de la capacitación nauticopesquera y de buceo profesional en el siguiente enlace: https://www.atib.es/TA/Modelos/Modelo.aspx?m=046&idConcepto=9885

2. Renovación:

a) Fotografía de tipo carnet.

b) Libreta de actividades subacuáticas de las Illes Balears a renovar.

c) Tarjeta de acreditación de identidad subacuática o tarjetas y títulos de buceo profesional vigentes.

d) Certificado médico con resultado apto en vigor, expedido de acuerdo con la normativa reguladora de los reconocimientos médicos de aptitud o de las condiciones de seguridad en las actividades de buceo, firmado por un médico preferiblemente del Instituto Social de la Marina en el caso del buceo profesional o por un médico que disponga de un título, especialidad, diploma o certificado relacionado con actividades subacuáticas o deportivas para las otras modalidades.

e) Justificante del pago de la tasa correspondiente para el reconocimiento de la capacitación nauticopesquera y de buceo profesional en el siguiente enlace: https://www.atib.es/TA/Modelos/Modelo.aspx?m=046&idConcepto=9885

3. Duplicado:

a) Fotografía de tipo carnet.

b) Tarjeta de acreditación de identidad subacuática o tarjetas y títulos de buceo profesional vigentes.

c) Certificado médico con resultado apto en vigor, expedido de acuerdo con la normativa reguladora de los reconocimientos médicos de aptitud o de las condiciones de seguridad en las actividades de buceo, firmado por un médico preferiblemente del Instituto Social de la Marina en el caso del buceo profesional o por un médico que disponga de un título, especialidad, diploma o certificado relacionado con las actividades subacuáticas o deportivas para las otras modalidades.

d) Justificant del pagament de la taxa corresponent per al reconeixement de la capacitació nauticopesquera i de busseig professional en el següent enllaç: https://www.atib.es/TA/Modelos/Modelo.aspx?m=046&idConcepto=9885

e) Certificado de la autoridad competente, en caso de hurto o robo, o declaración jurada, en caso de pérdida.

Modelos:

Plazo máximo

No procede

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para las personas físicas). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (solo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Consulte las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Pesca

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ordenación Pesquera

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176100

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Pesca

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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