Requisitos
Pueden ser beneficiarios de estas ayudas los deportistas que cumplan los requisitos siguientes, que deberán acreditarse en el momento de presentar la solicitud:
a) Todos los deportistas que obtengan una puntuación igual o superior a cinco (5) puntos, como resultado de aplicar los criterios y baremos del apartado 8. Esta puntuación se calcula sobre la base de un resultado deportivo conseguido durante el año 2024 o en algunos casos en los que un título conseguido durante los años 2022 y 2023 continúe vigente.
a) Tener la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de las Illes Balears, desde antes del 1 de enero de 2023 y mantenido hasta la actualidad.
b) Tener el domicilio fiscal en España.
c) No haber competido en 2024 representando a una comunidad autónoma diferente de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
d) No haber competido en 2024 representando a otro país que no sea España.
e) Disponer en 2025 de licencia federativa autonómica de las Illes Balears, o bien licencia federativa nacional.
f) No tener vigente ninguna sanción firme grave o muy grave en materia deportiva, ninguna sanción firme por dopaje, ni ninguna sanción penal firme por delitos relacionados con el dopaje. En el caso de que los expedientes sancionadores o los procedimientos judiciales estén todavía en tramitación o la resolución sancionadora o sentencia condenatoria no sea firme, el deportista puede presentar la solicitud de ayuda, pero la concesión, en su caso, queda suspendida hasta que estos procedimientos se resuelvan definitivamente.
g) El resultado presentado debe corresponderse con una prueba de una de las modalidades o especialidades deportivas psicotécnicas a las convocatorias de subvenciones del Consejo Superior de Deportes (según Resolución del presidente del Consejo Superior de Deportes de 15 de marzo de 2022). Por otro lado, se aceptarán también las especialidades incluidas en los Juegos Mundiales Special Olympics.
* Se puede acceder al contenido de la resolución del CSD en https://www.csd.gob.es/sites/default/files/media/files/2022-04/RESOLUCION%20CATALOGO%20sgn.pdf
Quedan excluidos de esta convocatoria los deportistas que se encuentren en alguno de los casos siguientes durante las competiciones disputadas en el año 2024:
· Ciclistas profesionales que tengan contrato con un equipo de la UCI World Team.
· Tenistas profesionales ATP que hayan disputado una fase final de un máster 250 o una competición de nivel superior.
· Tenistas profesionales WTA que hayan disputado una fase final de un torneo premium o una competición de nivel superior.
· Jugadores de golf profesionales del PGA Tour y del European Tour.
· Competidores de moto GP.
· Competidores de fórmula 1.
· Competidores del Campeonato del Mundo de Rally.
· Conductor profesional de competiciones "premiun" o profesionales de Trot.
· Deportistas profesional de deportes de combate y fisioculturismo.
En aplicación del artículo 4 de la Ley 1/1992, de 8 de abril, de protección de los animales que viven en el entorno humano, no son objeto de esta convocatoria las competiciones de tiro a pichón y codorniz, a brazo o colombaire, a brazo mecánico o tubo, o a jaula.
Quedan excluidos de la aplicación de esta convocatoria los deportistas con contrato profesional. Se entiende que tienen carácter profesional las competiciones que el Consejo Superior de Deportes haya calificado así, dada la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, estatal del deporte.
Documentación a presentar
Documentación que se debe aportar:
a) Impreso de solicitud cumplimentado y firmado adecuadamente, en el que consten los datos del beneficiario. Podrá firmar el documento el deportista, o el representante legal del deportista, en su caso.
a) En caso de que presente la solicitud otra persona que no sea el beneficiario directo, autorización para presentar la solicitud en su lugar.
b) Fotocopia del documento oficial de identificación de la persona solicitante o de la persona representante, si procede.
c) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. El órgano instructor debe adjuntar de oficio este certificado.
d) Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y con la Seguridad Social (para autorizar la consulta ver punto 5.7).
e) Certificado histórico de empadronamiento que demuestre que se cumple el requisito del apartado 2.1.b)
f) En caso de que el deportista haya estado lesionado durante las competiciones más importantes de 2024, se debe presentar un certificado médico de la lesión deportiva que acredite el tiempo de baja y relación de las competiciones que no se han podido hacer como consecuencia de la lesión.
g) Podrá presentarse un resultado deportivo obtenido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 (ambos incluidos) o bien un resultado aún vigente de los años 2022 y 2023 de campeonatos que no se hayan celebrado durante 2024. Con el resultado presentado se deberá adjuntar:
i. Hoja de datos del resultado que se genera tras rellenar el formulario al que se puede acceder mediante el enlace https://bit.ly/esportistesib25.
ii. Clasificación final del resultado presentado o bien un certificado federativo del mismo. La clasificación o certificado debe incluir el nombre de la competición, la fecha y localidad, la lista o el número de participantes, y la posición obtenida. Además, en los resultados de competiciones internacionales debe aparecer la lista o el número de países de los deportistas o equipos participantes.
h) Excepcionalmente se podrá presentar un resultado adicional, correspondiente a un campeonato de Europa, del Mundo o Juegos Olímpicos, que ya se hubiera presentado a cualquiera de las convocatorias anteriores de ayudas a deportistas de las Illes Balears, y que, por circunstancias ajenas al deportista y por decisión de la federación internacional correspondiente, o del Comité Olímpico o Paralímpico, se haya producido una mejora en el resultado deportivo presentado previamente, siempre que este resultado corresponda a las posiciones entre la primera a la octava. Sólo se podrá presentar este resultado a la primera convocatoria de ayudas publicada tras la fecha de confirmación de la modificación.
Declaraciones responsables, incluidas en el formulario de solicitud:
a) Declaración responsable de disponer de licencia deportiva balear o nacional de 2025. Se podrá comprobar también de oficio con las correspondientes federaciones deportivas.
b) Declaración responsable de la persona solicitante que acredite que no se encuentra incluida en ninguno de los supuestos de prohibición o de incompatibilidad para ser beneficiaria de la ayuda, de conformidad con la normativa aplicable.
c) Declaración responsable de la persona solicitante de no tener vigente ninguna sanción firme grave o muy grave en materia deportiva, ninguna sanción firme por dopaje, ni ninguna sanción penal firme por delitos relacionados con el dopaje.
d) Declaración responsable de la persona solicitante de no haber competido en el año 2024 representando a otra comunidad autónoma distinta de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, ni haber competido en el año 2024 representando a otro país diferente de España.
e) Declaración responsable de la persona solicitante de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas por cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud.
f) En el caso de que no sean perceptores de la Comunidad Autónoma, una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados, tal y como dispone el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, o un documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta. El impreso normalizado mencionado se puede obtener en la sede o en la página web de la Dirección General de Deportes.
g) Declaración responsable de no haber sido sancionadas o condenadas en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme.
h) Declaración responsable relativa al cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, en el artículo 17 de la Orden de Bases, y en esta convocatoria.
Con la presentación del formulario de solicitud y del formulario del resultado deportivo se entenderán como manifestadas las declaraciones responsables del solicitante que aparecen incluidas en los mismos.
En relación con la documentación requerida en el apartado j) y, de acuerdo con el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, el solicitante puede autorizar a la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes para que efectúe las consultas telemáticas para la verificación de los datos.
En el modelo normalizado de solicitud de la ayuda que se pone a disposición de los interesados se prevé la autorización al órgano gestor de las ayudas para que lleve a cabo las actuaciones necesarias para la comprobación de los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social.
El órgano instructor incorporará de oficio al expediente el certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias con la comunidad autónoma de las Illes Balears.
En caso de que la persona solicitante deniegue de manera expresa esta autorización, debe presentar, junto con la solicitud, los correspondientes certificados acreditativos de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social, y de las obligaciones tributarias ante la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
En el caso de que la Dirección General de Deportes, por causas ajenas a su voluntad, no pueda conseguir los documentos mencionados, deberá requerir a la persona solicitante que los aporte en el plazo de diez días hábiles y siempre con anterioridad a la propuesta de resolución.
La Dirección General de Deportes, en cualquier momento, puede solicitar a los interesados la documentación y la información complementaria que considere necesaria para resolver el expediente.
Si la documentación aportada no cumple los requisitos exigidos, deberá requerirse a la persona interesada que, en el plazo de diez días hábiles, enmiende la carencia o adjunte los documentos preceptivos, con la advertencia de que, en caso de que no lo haga, se considerará que desiste de su solicitud y se archivará el expediente sin más trámite, previa resolución que debe dictarse en los términos previstos en el artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable, o la no presentación ante la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes de la declaración responsable, la documentación que, en su caso, sea requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, determina la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho de solicitud de la subvención desde el momento en que se tenga constancia de estos hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que correspondan.
El incumplimiento de los requisitos o del plazo de presentación de solicitudes establecido en esta convocatoria comporta no tener que admitir la solicitud.
IMPORTANTE: PRESENTAR EL DOCUMENTO DE SOLICITUD CUMPLIMENTADO Y FIRMADO ADECUADAMENTE
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (hasta el día 29 de abril de 2025).
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Deportes
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Deportes
C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).
Tel.: 971176600