Autorización para la construcción de barcos pesqueros
El objeto de este procedimiento es la obtención de autorizaciones para la construcción de barcos pesqueros con puerto base en las Islas Baleares.
La autorización para la construcción se notifica a la persona interesada; en el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
Código SIA
207782
Personas destinatarias
Barcos pesqueros con puerto base en las Islas Baleares, que cumplan las normas de ordenación establecidas en el Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación en el Fondo Europeo de la Pesca.
Plazo máximo para la resolución y notificación
No procede
Silencio administrativo
Según normativa aplicable
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Observaciones
Cuando se produzcan modificaciones en el proyecto original o se sustituyan las bajas aportadas con otras, se requiere una nueva autorización.
En caso de incumplimiento de las condiciones de la autorización, la Administración tiene que incoar el expediente sancionador oportuno, de acuerdo con la Ley 14/1998, de 1 de junio, por la cual se establece el régimen de control para la protección de los recursos pesqueros.
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Pesca y Medio Marino