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Autorización de cambio de puerto base de los barcos pesqueros entre los puertos de la comunidad autónoma de las Illes Balears

Los cambios de base entre puertos de una misma comunidad autónoma son autorizados por la comunidad autónoma correspondiente, con el informe previo, si pega, de la autoridad portuaria y de la cofradía de pescadores.

Una vez autorizado el cambio de base del barco pesquero para la comunidad autónoma, ésta tendrá que informar de lo mismo con carácter inmediato a la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura de la Secretaría General de Pesca, a efectos de su inclusión en el Censo de la Flota Operativa Pesquera y en el Censo por Modalidades de Pesca.

Código SIA

208005

Personas destinatarias

Los titulares de embarcaciones pesqueras con puerto base en las Islas Baleares.

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Según normativa aplicable

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Dirección General de Pesca

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Embarcacions pesqueres professionals

Documentación a presentar

• Solicitud firmada en impreso normalizado dirigida a la Direcció General de Medi Rural i Marí (firmada por el solicitante).

• Fotocopia DNI solicitante.

• Fotocopia del CIF de la entidad (si procede).

• Fotocopia escritura constitución y estatutos entidad (si procede).

• Fotocopia del DNI del representante de la entidad y documentación que acredite la representación (si procede).

• Documentación que justifique la autorización del propietario de la embarcación, siempre que no coincida con el armador de la embarcación (si procede).

• Hoja de asiento de inscripción marítima, certificado y actualizado. Original del registro de barcos (Capitanía Marítima).

Modelos:

Plazo máximo

6 mesos

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Pesca

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ordenación Pesquera

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176100

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Pesca

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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