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Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondientes al curso académico 2023-2024

Establecer el procedimiento para otorgar los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes al curso 2023-2024 para los alumnos que hayan cursado y superado, tanto en centros públicos como en centros privados o concertados de la comunidad autónoma de las Illes Balears, un ciclo de formación profesional de grado superior, ya sea en la modalidad de enseñanza presencial o en la modalidad virtual.

Código SIA

3156534

Personas destinatarias

Alumnos que hayan cursado y superado, tanto en centros públicos como en centros privados o concertados de la comunidad autónoma de las Illes Balears, un ciclo de formación profesional de grado superior, ya sea en la modalidad de enseñanza presencial o en la modalidad virtual.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Educación y Universidades

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

a) Haber superado en centros docentes de este comunidad autónoma estudios de formación profesional de grado superior en cualquiera de las modalidades de enseñanza presencial y de educación virtual.

b) Haber finalizado dichos estudios, incluido el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, antes del 31 de diciembre de 2024.

c) Haber obtenido como calificación final del ciclo formativo una puntuación igual o superior a 8,5. La calificación final del ciclo formativo deberá determinarse calculando la media aritmética de las calificaciones de los módulos profesionales que tengan expresión numérica. El resultado deberá consignarse con dos cifras decimales. A este efecto, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden EDU/2128/2011, de 15 de julio, por la que se crean y regulan los Premios Nacionales de Formación Profesional de Grado Superior establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y posteriormente lo indicado en el artículo 3 del Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, por el que se establecen convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de Formación Profesional del sistema educativo español y las medidas para su aplicación, no se tendrán en cuenta en el cálculo de la calificación final del ciclo formativo las calificaciones de apto o exento.

d) Dado que los premios tienen carácter de subvención, no concurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, y encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Del 9 al 23 de julio de 2025.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Planificación y Participación

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Planificación y Participación

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta). Tel.: 971177773

(pip@fp.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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