Requisitos
1 Para poder participar en esta selección, las personas interesadas deben cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos, de los cuales deberán estar en posesión durante todo el proceso selectivo:
a) Tener la nacionalidad española o alguna otra en los casos en los que, de acuerdo con el artículo 57 del Estatuto básico del empleado público (EBEP), se permita el acceso al empleo público.
b) Tener 16 años cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
c) No haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitadas de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de nacionales de otro estado, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.
d) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo facultativo técnico, escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática de la Administración especial de la CAIB.
e) Estar en posesión del título académico exigido o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes. En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, deberá aportarse la credencial de homologación o reconocimiento correspondiente del Ministerio competente en la materia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubiesen obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
La titulación exigida para el acceso al cuerpo facultativo técnico, escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática es cualquiera de las siguientes:
- Título de grado en el ámbito de la ingeniería informática, 1er ciclo de ingeniería informática, ingeniería técnica en informática de sistemas o ingeniería técnica en informática de gestión.
En todo caso, se considerarán incluidos en el ámbito de la ingeniería informática los siguientes grados:
- Grado en ingeniería informática
- Grado en ingeniería informática en ingeniería de computadores
- Grado en ingeniería informática - ingeniería de computadores
- Grado en ingeniería informática en computación
- Grado en ingeniería informática en sistemas de información
- Grado en ingeniería informática de gestión y sistemas de información
- Grado en ingeniería informática en tecnologías de la información
- Grado en ingeniería informática de servicios y aplicaciones
- Grado en ingeniería informática de servicios
- Grado en ingeniería informática del software
- Grado en ingeniería informática - ingeniería del software
- Grado en ingeniería informática - tecnologías informáticas
- Grado en ingeniería informática y tecnologías virtuales
f) El nivel de conocimientos de lengua catalana exigible para el acceso al cuerpo facultativo técnico, escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática es el correspondiente al certificado de nivel B2.
Los certificados deben ser los expedidos por la EBAP, o los expedidos u homologados por la consejería competente en materia de política lingüística, o los reconocidos como equivalentes por la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 por la que se determinan los títulos, diplomas y certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud (BOIB núm. 34, de 12 de marzo).
Documentación a presentar
En caso de que el aspirante manifieste expresamente su negativa a que la EBAP pueda comprobar de oficio, o bien cuando los requisitos y/o méritos alegados no consten inscritos en el Registro de Personal de la dirección general de Función Pública , el aspirante deberá acreditarlos de la siguiente manera:
A esta solicitud deberá adjuntarse:
a) Una copia del Documento Nacional de Identidad en vigor o, en caso de no poseer la nacionalidad española, del documento oficial acreditativo de la identidad; o bien, en caso de caducidad, el resguardo correspondiente de la solicitud de renovación.
b) Copia del título académico exigido para formar parte de la bolsa del cuerpo solicitado (anverso y reverso)
En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, se aportará la credencial de homologación o reconocimiento correspondiente del Ministerio competente en la materia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubiesen obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
c) Copia de la documentación acreditativa de estar en posesión del nivel de catalán exigido.
d) Originales o copias de la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se valoren, de acuerdo con el baremo.
Plazo máximo
5 días hábiles
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)
C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol).
Tel.: 971177625
- Fax: 971176319
(ebap@caib.es)