Vuelve

Sede Electrónica

Si buscas un procedimento dirigido a persones físicas y a la ciudadanía en general

Si buscas un procedimento dirigido a persones jurídicas, autónomos, cooperativas, asociaciones, fundaciones, ONG?S...

Si buscas un procedimento dirigido a otras administraciones públicas o entes, organismos y entidades que integran el sector público (consorcios, organismos autónomos, etc...)

FOTOPAR2024: subvenciones FEDER para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica para autoconsumo dirigida a personas físicas 2024

El objeto de la convocatoria es aprobar y regular las ayudas para el fomento de las instalaciones de energía solar fotovoltaica para personas físicas de hasta 5 kWp de potencia de pico y/o de hasta 5 kW para instalaciones microeólicas.

También es objeto de la convocatoria subvencionar los sistemas de acumulación de ión litio hasta 30 kWh que se incorporen a las nuevas instalaciones fotovoltaicas o microeólicas aisladas. No es objeto de la convocatoria subvencionar sistemas de acumulación para instalaciones fotovoltaicas existentes.

Estas ayudas están cofinanciadas con cargo en el Programa Operativo FEDER de las Islas Baleares.

Código SIA

3036408

Personas destinatarias

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:

a) Las personas físicas que tengan domicilio en las Islas Baleares que no realicen ninguna actividad económica por la cual ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado en el lugar donde da servicio la instalación de autoconsumo.

b) Las personas físicas que tengan domicilio en las Islas Baleares que realicen alguna actividad económica por la cual ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado en el lugar donde da servicio la instalación de autoconsumo y en este caso tienen que estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Plazo máximo para la resolución y notificación

La resolución se debe dictar dentro del periodo de seis meses, contadores desde la fecha de la presentación la solicitud y se tiene que notificar dentro del periodo de seis meses, contadores desde la fecha de acabamiento del plazo para presentar las solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

En conformidad con el procedimiento para resolver las ayudas los actos administrativos de la convocatoria (propuestas de resolución, resoluciones, anomalías y otras comunicaciones) se publicarán en la página web de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático y en el BOIB. Podéis acceder mediante el enlace:

https://www.caib.es/sites/energiaicanviclimatic/es/fotopar2024/

Órgano competente para resolver

Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud de la subvención

Requisitos

Los que se establezcan en la convocatoria.

Documentación a presentar

La documentación a presentar es la que se establece en el apartado quinto de la convocatoria.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

6 meses.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento de Energía y Cambio Climático

C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706

(subvencions@energia.caib.es)

X

Presentación documentación complementaria i subsanación de anomalías

Requisitos

Los que establece la convocatoria.

Documentación a presentar

La establecida en la convocatoria o la que sea requerida.

Plazo máximo

Los que establece la convocatoria.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento de Energía y Cambio Climático

C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706

(subvencions@energia.caib.es)

X

Justificación de la subvención

Requisitos

Los que establece la convocatoria.

Documentación a presentar

La establecida en el apartado décimo de la convocatoria.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Las inversiones objeto de la solicitud se debe realizar dentro del periodo que va desde el día que se presente la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento. Este plazo no podrá ser superior a los cuatro meses contadores desde la publicación en el BOIB de la resolución de otorgamiento. En todo caso, la resolución de otorgamiento no puede establecer una fecha para la realización de la inversión superior al 31 de octubre de 2024.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento de Energía y Cambio Climático

C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706

(subvencions@energia.caib.es)

Observaciones

Se ha modificado la convocatoria en la cual se establece la justificación por módulos. Se ha insertado nuevo documento 7bis.

X

Consulta estado administrativo del expediente

Requisitos

Ser el titular o el autorizado a hacer el trámite

Documentación a presentar

No requiere documentación

Plazo máximo

La contestación es inmediata mediante un documento que se descarga desde el trámite

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento de Energía y Cambio Climático

C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706

(subvencions@energia.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

Descargar