Convocatoria de ayudas para actuaciones de fomento del uso de la lengua catalana para el año 2023
Apoyar a actividades que tienen como finalidad la difusión y la promoción del uso social de la lengua catalana entre la población general, tanto la autóctona como la recién llegada.
Código SIA
2986144
Personas destinatarias
- Personas físicas y entidades sin finalidad de lucro.
- Ayuntamientos de las Islas Baleares.
Plazo máximo para la resolución y notificación
La resolución de concesión se tiene que dictar y publicar en el BOIB en el plazo de 6 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes fijado en el apartado 7 de esta convocatoria
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
No
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)
Simplificación documental
Documentos relacionados con el procedimiento
Trámites
Presentación de solicitudes
Requisitos
Las subvenciones que se convocan mediante esta Resolución se destinan a actividades que contribuyan a la difusión y la promoción del uso social de la lengua catalana entre la población general, tanto en la autóctona cómo en la recién llegada, de las Illes Balears.
Documentación a presentar
Plazo máximo
El plazo para presentar solicitudes es desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el BOIB y hasta el día 26 de abril.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Fomento del Uso del Catalán
C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971176121 - Fax: 971176980
(foment@dgpoling.caib.cat)
Tràmit d'al·legacions a la llista d'admesos i exclosos
Requisitos
No aplica.
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
Les persones interessades disposen de deu dies hàbils a partir de l'endemà de la publicació de la llista per esmenar les deficiències detectades. Tant la documentació per esmenar la sol·licitud com les al·legacions s'han de presentar d'acord amb el que estableix l'article 16.4 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para las personas físicas). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (solo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Consulte las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Fomento del Uso del Catalán
C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971176121 - Fax: 971176980
(foment@dgpoling.caib.cat)
Acceptació o renúncia de l'ajut
Requisitos
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
Els beneficiaris han de comunicar a l'Institut d'Estudis Baleàrics si accepten la subvenció o hi renuncien. En qualsevol cas, si en el termini de vuit dies hàbils des de la notificació de la proposta de resolució el beneficiari no fa constar el contrari, s'entendrà que accepta la subvenció que se li ha otorgat.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para las personas físicas). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (solo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Consulte las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Fomento del Uso del Catalán
C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971176121 - Fax: 971176980
(foment@dgpoling.caib.cat)
Justificació de l'ajut concedit
Requisitos
Documentación a presentar
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
a) Per a les activitats que ja s'hagin duit a terme en el moment de la notificació, el termini és de deu dies hàbils comptadors a partir de l'endemà de la notificació de la resolució de concessió.
b) Per a les activitats que no s'hagin duit a terme en el moment de la notificació, el termini és de deu dies hàbils comptadors a partir de la finalització de l'activitat i, com a màxim, fins al 15 de novembre de 2023.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para las personas físicas). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (solo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Consulte las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Fomento del Uso del Catalán
C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971176121 - Fax: 971176980
(foment@dgpoling.caib.cat)
Información sobre protección de datos
De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite
Responsable del tratamiento
Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)
Finalidad
Tramitación del procedimiento
Legitimación
Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos
Destinatario
No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal
Derechos
Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional
Información adicional