Ayudas para alumnos y profesores de ciclos formativos de grado medio asociados a la impartición del Plan piloto de refuerzo en lenguas extranjeras en centros educativos públicos de la CAIB
Mejorar y reforzar la competencia lingüística del alumnado y profesorado de ciclos formativos de grado medio asociados al Plan piloto de refuerzo en lenguas extranjeras de los centros educativos públicos de las Illes Balears.
Código SIA
2981450
Personas destinatarias
Alumnado y profesorado de ciclos formativos de grado medio asociados al Plan piloto de refuerzo en lenguas extranjeras de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears.
Plazo máximo para la resolución y notificación
6 meses a partir de la fecha de fin del plazo para presentar solicitudes.
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Consejería de Educación y Formación Profesional
Simplificación documental
Documentos relacionados con el procedimiento
Trámites
Solicitud de participación
Requisitos
1. Para optar a las ayudas de la modalidad A, los alumnos solicitantes tienen que cumplir los requisitos siguientes:
a) Cursar un ciclo formativo de grado medio asociado a la impartición del Plan Piloto de Refuerzo en Lenguas Extranjeras durante el curso escolar 2022-2023.
b) Participar en el Plan Piloto de Refuerzo en Lenguas Extranjeras en los Ciclos Formativos de grado medio en la fecha de publicación de esta Resolución.
c) Cumplir la normativa correspondiente para poder viajar a Irlanda, en caso de no ser ciudadano de alguno de los estados miembros de la Unión Europea.
d) Tener la documentación necesaria para poder viajar al extranjero, de acuerdo con la normativa general y sanitaria vigente en el momento de hacer la actividad. Los datos personales de los beneficiarios serán tratados de acuerdo con la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
2. Para optar a las ayudas de la modalidad B, los profesores solicitantes tienen que cumplir los requisitos siguientes:
a) Impartir docencia en un centro educativo público de las Illes Balears en un ciclo formativo de grado medio asociado a la impartición del Plan Piloto de Refuerzo en Lenguas Extranjeras
b) Tener alumnos que participen en el Plan Piloto de Refuerzo en Lenguas Extranjeras durante el curso escolar 2022-2023.
c) Cumplir la normativa correspondiente para poder viajar a Irlanda, en caso de no ser ciudadano de alguno de los estados miembros de la Unión Europea.
d) Tener la documentación necesaria para poder viajar al extranjero, de acuerdo con la normativa general y sanitaria vigente en el momento de realización de la actividad. Los datos personales de los beneficiarios serán tratados de acuerdo con la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
3. La Administración educativa comprobará de oficio el cumplimiento de los requisitos para cada una de las modalidades.
4. En cuanto a los ciclos formativos de grado medio asociados al Plan Piloto de Refuerzo en Lenguas Extranjeras durante el curso escolar 2022-2023 son:
a) Los que figuran en el anexo de la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional por la cual se aprueba el Plan Piloto de Refuerzo en Lenguas Extranjeras en los Ciclos Formativos de grado medio en los centros públicos que imparten enseñanzas de formación profesional de las Illes Balears para los cursos 2021-2022 y 2022-2023, publicada en el BOIB núm. 96, de 20 de julio de 2021.
b) Los que figuran en el anexo de la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional, por la cual se aprueba la segunda fase el Plan Piloto de Refuerzo en Lenguas Extranjeras en Ciclos Formativos de grado medio que se tiene que aplicar en centros públicos de las Illes Balears que imparten enseñanzas de formación profesional que se inician el curso 2022-2023 y se acaban el curso 2023-2024, publicada en el BOIB núm. 130, de 6 de octubre de 2022.
En todos los casos, tienen que ser grupos con alumnado asociado al Plan.
Documentación a presentar
Para la presentación presencial, se tiene que presentar la solicitud (anexo 2) debidamente rellenada y firmada, junto con la declaración responsable (anexo 3, en el caso de menores de edad, o anexo 4, en el caso de mayores de edad).
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
- Propuesta de resolución provisional
- Anexo I - Lista provisional de alumnado admitido de la modalidad A (curso de lengua inglesa en el extranjero)
- Anexo II - Lista provisional de alumnado excluido de la modalidad A (curso de lengua inglesa en el extranjero)
- Anexo III - Lista provisional de profesorado admitido de la modalidad B (curso de lengua inglesa en el extranjero)
- Anexo IV - Lista provisional de profesorado excluido de la modalidad B (curso de lengua inglesa en el extranjero)
Plazo máximo
Del 29 de marzo al 12 de abril de 2023.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores
Contacto
Servicio o Sección responsable
Departamento de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales
C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta). Tel.: 971177771
(departamentfp@dgfpieas.caib.es)
Reclamaciones a la propuesta de resolución provisional
Requisitos
Haber presentado dentro del plazo establecido y por registro la solicitud de ayudas para participar en uno de los dos programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras para alumnado y profesorado de ciclos formativos de grado medio asociados a la impartición del Plan de refuerzo en lenguas extranjeras durante el verano del 2023.
Documentación a presentar
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
- Propuesta de resolución definitiva (solicitantes admitidos y excluidos)
- Anexo I. Lista definitiva de alumnado admitido de la modalidad A
- Anexo II. Lista definitiva de alumnado excluido de la modalidad A
- Anexo III. Lista definitiva de profesorado admitido de la modalidad B
- Anexo IV. Lista definitiva de profesorado excluido de la modalidad B
- Anexo VI. Lista de profesorado admitido del bloque 1 con la numeración correspondiente para el sorteo (modalidad B)
- Rectificación de errores de la propuesta de resolución definitiva
- Anexo III. Lista definitiva rectificada de profesorado admitido de la modalidad B
- Anexo IV. Lista definitiva rectificada de profesorado excluido de la modalidad B
Plazo máximo
Del 4 al 17 de mayo de 2023.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Consejería de Educación y Formación Profesional
Contacto
Servicio o Sección responsable
Departamento de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales
C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta). Tel.: 971177771
(departamentfp@dgfpieas.caib.es)
Observaciones
El trámite telemático se tiene que hacer con la cl@ve PERMANENTE o la cl@ve FIRMA y no con la cl@ve PIN.
Información sobre protección de datos
De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite
Responsable del tratamiento
Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores
Finalidad
Tramitación del procedimiento
Legitimación
Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos
Destinatario
No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal
Derechos
Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional
Información adicional