Requisits
1. Se pueden inscribir a la prueba las personas que no reúnen ningún requisito que les permita acceder directamente a los ciclos de grado medio de formación profesional y que cumplan diecisiete años o más dentro del año natural 2023.
2. Las personas que hayan superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio en una convocatoria anterior se pueden presentar a esta convocatoria con el fin de mejorar la nota. En el supuesto de que hayan superado la prueba en las Illes Balears, deben elegir entre una de estas opciones:
- Repetir toda la prueba, es decir, no mantener ninguna calificación de ninguna parte.
- Examinarse de alguna de las partes de la prueba, es decir, mantener la calificación obtenida de una parte en una convocatoria anterior y examinarse únicamente de la parte o partes cuya calificación no se quiere conservar. El interesado debe haber superado la parte de la que no se examine o debe tener la exención de examinarse de ella.
3. Las personas en disposición de solicitar la exención de hacer todas las partes o materias de la prueba se pueden presentar a esta convocatoria con el fin de disponer de calificación, siempre que se examinen de alguna parte o materia.
4. Las personas que tengan alguna parte de la prueba de acceso superada y estén en condiciones de solicitar la exención de las restantes se pueden presentar a esta convocatoria con el fin de mejorar la calificación siempre que se examinen de alguna parte o materia. En la solicitud de inscripción se debe indicar si se quiere mantener la calificación de alguna de las partes superadas o bien volverse a examinar. Las notas de las partes que se pueden guardar deben corresponder a una única convocatoria.
5. En relación con las partes de la prueba superadas, se entiende que para obtener la exención o guardar la nota en esta convocatoria solo son válidas las pruebas organizadas por la consejería competente en materia de educación del Gobierno de las Illes Balears en convocatorias anteriores, siempre que en el certificado conste la nota de cada una de las partes de la prueba.
6. La solicitud de exención de todas las partes o materias de la prueba es motivo de exclusión y, si procede, de anulación de la matrícula. En este caso, no se emitirá tampoco el certificado de aptitud.
7. La inscripción está sujeta al pago de las tasas que se establecen en los artículos 103 septdecies a 103 unvicies de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. La tasa de inscripción para hacer la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio (incluida la expedición del certificado que acredita que se ha superado la prueba) es de 23,25 euros.
Taxes
P40 .
Tasa para pruebas de acceso a ciclos formativos de FP (https://www.atib.es/ta/modelos/tasas046.aspx?lang=es).
1. Quedan exentos de pagar la tasa:
- Las personas en situación legal de desempleo; las personas en situación de dependencia en grado II o III y los miembros de su unidad familiar; las personas con un grado de discapacidad igual al 33 % o superior y los miembros de su unidad familiar; los miembros de las familias en situación de vulnerabilidad económica especial; los miembros de las familias en riesgo social; las personas sujetas a medidas privativas de libertad; los jóvenes tutelados y extutelados en vía de emancipación, y los jóvenes en situación de acogida familiar. En el momento de la inscripción, los sujetos pasivos de la tasa deben acreditar documentalmente que se encuentran en alguna de estas situaciones.
- Las personas que hayan sido víctimas de actos terroristas, y también el cónyuge y los hijos, siempre que acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción mediante la resolución administrativa correspondiente. En el caso del cónyuge y los hijos, también deben adjuntar el libro de familia o una certificación oficial en que conste el matrimonio o la filiación, respectivamente.
- Las víctimas de violencia de género, así como los hijos que dependen de ellas, siempre que acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción mediante cualquiera de los documentos que prevé la normativa vigente. En el caso de los hijos dependientes, también se debe presentar el libro de familia o un certificado oficial en que conste la filiación.
- Los miembros de familias numerosas, así como los miembros de familias monoparentales de categoría especial, siempre que pidan la exención al centro prestamista del servicio y acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción de acuerdo con los documentos que prevé la normativa vigente.
2. Tienen derecho a una exención del 50 % de la tasa los miembros de familias monoparentales de categoría general, siempre que la pidan al centro prestamista del servicio y acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción de acuerdo con los documentos que prevé la normativa vigente.
3. El importe de la tasa se debe devolver, previa solicitud, en el supuesto de que la persona solicitante no sea admitida en las pruebas convocadas. -
Telemática.
Documentació a presentar
1. Hoja de inscripción rellenada.
2. Declaración responsable. Para acreditar que no se reúne ningún otro requisito que permita el acceso directo a los ciclos formativos de grado medio.
3. Para acreditar el pago de la tasa correspondiente se tiene que aportar el modelo de documento de ingreso 046. El código del concepto por esta tasa es el P40 o bien la documentación acreditativa de la exempción total o parcial.
4. Para acreditar el requisito de edad se tiene que aportar el original y una copia del documento oficial de identificación (DNI, pasaporte, etc.).
5. Las personas que tengan determinados requisitos que les permitan estar exentos de hacer una parte de la prueba tienen que aportar, además, la documentación justificativa.
6. Las personas que tengan una parte de la prueba de acceso superada, y soliciten que la calificación de esta parte se tenga en cuenta para el cálculo de la calificación final de la prueba, tienen que aportar un único certificado que lo acredite.
7. Las personas que soliciten la adaptación de las condiciones en que se tiene que desarrollar la prueba porque pueden acreditar que tienen necesidades educativas especiales o dificultades específicas de aprendizaje (dislexia, disortografía, disgrafía, discalcúlia, etc.), tienen que aportar alguno de los documentos justificativos.
Models:
Termini màxim
El plazo de inscripción a la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio es del 3 al 17 de marzo de 2023, ambos incluidos.
Forma de presentació
D'acord amb el que estableix l'article 16.4 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques, podeu dur a terme aquest tràmit mitjançant un dels canals següents (entre d'altres):
a) De manera telemàtica (*obligatori per als subjectes obligats a relacionar-se electrònicament amb les administracions per l'article 14.2 i 3 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, i opcional per a les persones físiques), fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ave permanente.
b) De manera presencial (només per a persones físiques), a qualsevol de les oficines de registre de l'Administració Autonòmica, de l'Administració General de l'Estat, de la resta de comunitats autònomes o de les entitats que integren l'Administració Local. Podeu consultar les adreces de totes les oficines de l'Administració Autonòmica.
c) A més, també podeu enviar la documentació per correu postal (només per a persones físiques). En aquest cas, heu de presentar els documents dins un sobre obert, a fi que el personal de l'oficina de Correus hi pugui indicar, mitjançant el segell oficial, el lloc, la data i l'hora exacta en què s'ha efectuat el registre. Aquestes dades també quedaran anotades en el resguard justificatiu de la presentació.
*Els subjectes als quals fan referència els apartats 2 i 3 de l'article 14 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, estan obligats a relacionar-se a través de mitjans electrònics amb les administracions, per la qual cosa, de conformitat amb el que estableix l'article 68.4 de la Llei esmentada, si algun d'aquests subjectes presenta la seva sol·licitud presencialment, l'administració pública l'ha de requerir que l'esmeni presentant-la per via electrònica.
Òrgan competent per a la tramitació
Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa
Contacte
Servei o Secció responsable
Servicio de Planificación y Participación
C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta).
Tel.: 971177773
(apiza@dgfpieas.caib.es)
Observacions
Se recomienda realizar el trámite de manera presencial en la secretaría del centro educativo donde se desea realizar la prueba.
Antes de realizar la inscripción se debe haber realizado el pago de la tasa en la web de la ATIB y guardar el justificante.