PITEIB: subvenciones para el fomento de instalaciones fotovoltaicas para autoconsumo en pérgolas y marquesinas en aparcamientos públicos o privados y puntos de recàrrega de vehículo eléctrico
El objeto de la convocatoria es aprobar y regular las ayudas para el fomento de instalacions fotovoltaiques para autoconsumo en pérgolas y marquesinas en aparcamientos públicos o privados y/o puntos de recàrrega de vehículo eléctrico.
Los fondos de esta convocatoria proceden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y están financiados por la Unión Europea – Next Generation EU (Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento [UE] 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021).
Esta convocatoria se engloba dentro de los paquetes de actuación de la inversión 2 (I2), Energía Sostenible en las Islas, de la Componente 7 (C7), despliegue e integración de energías renovables.
Se cumple con las exigencias establecidas en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
Código SIA
2938454
Personas destinatarias
Pueden ser beneficiarios de las ayudas:
a) Las personas jurídicas sometidas a derecho privado que lleven a cabo la actividad en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
b) Las entidades sin ánimo de lucro y las asociaciones empresariales constituidas legalmente que lleven a cabo la actividad en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
c) Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales, las sociedades mercantiles públicas, las fundaciones del sector público y los consorcios que lleven a cabo la actividad en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
d) Los consells insulars, los ayuntamientos y las entidades locales menores de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
e) Las universidades, los centros de investigación y los centros tecnológicos con sede al territorio de las Islas Baleares.
Plazo máximo para la resolución y notificación
6 meses
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Órgano competente para resolver
Consejería de Empresa, Empleo y Energía
Documentos relacionados con el procedimiento
- Resolución de la convocatoria
- 1ª Resolución por la cual se modifica la convocatoria
- 2a Resolución por la cual se modifica la convocatoria
- Resolución de ampliación del plazo para realizar las actuaciones (BOIB núm. 130, 3 de octubre de 2024)
- Documentación normalizada para la solicitud
- Documentación normalizada para la justificación
- Modelo de cartel PITEIB