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Convocatoria de subvenciones para apoyar a los proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales de las IB. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la UE)

Esta convocatoria tiene por objeto financiar proyectos de inversión para la modernización y la gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales de las Islas Baleares. Las ayudas para infraestructuras se tienen que circunscribir a teatros; auditorios; entoldados de circo; salas de música en directo; salas de ensayo; espacios escénicos y musicales de compañías de teatro, danza, música y circo, y otros de multidisciplinarios.

Código SIA

2929330

Personas destinatarias

Pueden ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con ánimo de lucro o sin, que sean titulares de un espacio escénico o musical de las Islas Baleares o que sean los gestores titulares, por delegación de la propiedad.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo para dictar y notificar la resolución expresa es de seis meses a partir de la fecha en que finaliza el plazo para presentar las solicitudes. Se entienden desestimadas las solicitudes no resueltas en el plazo mencionado.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Pueden ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que sean titulares de un espacio escénico o musical de las Illes Balears o que sean sus gestores titulares, por delegación de la propiedad.

Las entidades que soliciten estas ayudas deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social antes de la propuesta de resolución.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears antes de la

propuesta de resolución.

c) Estar establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y, en el momento de solicitar la

ayuda, tener un establecimiento operativo permanente en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, o acreditar que el 50 % de los

contratos laborales o servicios contratados se han realizado en el último año en las Illes Balears.

d) Estar de alta, en su caso, en un epígrafe del impuesto de actividades económicas (IAE) vinculado a las artes escénicas y/o la

música.

e) Ser titulares o gestionar una infraestructura escénica o musical ubicada en el territorio de las Illes Balears,

f) Cumplir con los principios del artículo 3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres.

g) Presentar la solicitud en los términos y con los requisitos que se establecen en los apartados 7, 8 y 9 de esta convocatoria.

Documentación a presentar

a) Documentación administrativa:

a.1) Persona física:

— La acreditación de su identidad.

— Documento acreditativo del alta en el régimen especial de trabajadores autónomos y de la vigencia de esta alta en el momento de presentar la solicitud.

Si el solicitante lo autoriza a través del formulario de solicitud, la Dirección General de Cultura (que se integra en la estructura orgánica de la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura) gestionará, en nombre del ICIB y exclusivamente para esta finalidad, la consulta referente a la acreditación de la identidad, dado que en estos momentos el ICIB no puede realizar esta consulta directamente.

a.2) Persona jurídica:

— El NIF de la persona jurídica y el DNI, pasaporte o NIE de la persona física que la representa.

— Documento acreditativo de la representación legal con la que actúa la persona física que firma la solicitud, que tendrá que estar vigente en el momento de presentar esta solicitud.

— Documento constitutivo de la entidad y los estatutos sociales debidamente inscritos en el registro correspondiente.

a.3) Personas físicas y jurídicas:

— Documento acreditativo, en su caso, de estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en epígrafes vinculados a los sectores culturales de las artes escénicas y la música.

— Acreditar su inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o el censo autonómico equivalente, en que conste la actividad económica efectivamente desarrollada en la fecha de la solicitud.

— Certificado del domicilio fiscal del solicitante.

— Documento acreditativo de ser titulares de una infraestructura escénica y/o musical en las Illes Balears o contrato de arrendamiento.

— Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado.

No obstante, no es necesario aportar este certificado en caso de que la persona interesada manifieste en la solicitud el consentimiento expreso para que el ICIB realice la consulta sobre estos datos tributarios.

— Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

No obstante, no es necesario aportar estos certificados en caso de que la persona interesada no se oponga a que el ICIB realice la consulta de estos datos.

En caso de oponerse, tendrá que aportar la documentación acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y

con la Seguridad Social antes de que se dicte la propuesta de resolución de concesión.

Sin embargo, en los casos de subvenciones de cuantía igual o inferior a 10.000 € y de subvenciones a favor de administraciones públicas, así

como de organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público dependientes, la entidad, la persona o la empresa interesada podrá

sustituir la presentación de estos certificados por la presentación de una declaración responsable.

Las personas solicitantes tendrán que estar al corriente de cumplimiento de estas obligaciones durante todo el procedimiento de tramitación

de las ayudas, hasta que se paguen.

b) Documentación del proyecto:

b.1) Memoria descriptiva de la inversión, que deberá incluir, obligatoriamente, todos estos apartados:

— Objetivos.

— Trayectoria profesional y formación de la empresa solicitante, así como de las personas, colectivos, empresas o entidades

implicados.

— Explicación detallada del proyecto de inversión y de las acciones a desarrollar.

— Plan de trabajo. Calendarización de la gestión y ejecución del proyecto de inversión.

— Contribución del proyecto de inversión a los objetivos medioambientales detallados en el apartado 1.4.

— Viabilidad y coherencia del proyecto de inversión.

b.2) Presupuesto detallado del proyecto (Anexo 2), con ingresos y gastos y con el IVA pertinente desglosado. Es necesario que el

presupuesto recoja todos los gastos previstos derivados del proyecto.

De acuerdo con el artículo 40.3. del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la

Ley de Subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación estatal en materia

de contratos del sector público para los contratos menores, el beneficiario, cuando sea una persona física o jurídica privada, con o sin

ánimo de lucro, tendrá que presentar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores, anteriores a la ejecución del compromiso,

salvo que, por sus características especiales, no existan entidades suficientes para poder realizarlas, salvo que el gasto se haya hecho

antes de solicitar la subvención. Las ofertas presentadas deberán elegirse de conformidad con los criterios de eficacia y de economía,

y se justificará expresamente en caso de que la elección no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

b.3) Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación a la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación,

Transformación y Resiliencia (PRTR), de acuerdo con el Anexo 3.

b.4) Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

(PRTR), de acuerdo con el Anexo 4.

b.5) Declaración responsable sobre el cumplimiento del principio de no causar perjuicio significativo a ninguno de los objetivos

medioambientales, de acuerdo con el Anexo 5.

Modelos:

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes, dirigidas a la ICIB, se inicia el 21 de enero de 2023 y se extiende hasta el 28 de febrero de 2023, ambos incluidos.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo).. Tel.: 971176041

(mhevia@icib.caib.es)

X

Presentació d'esmenes als requeriments

Requisitos

Interessat en el procediment.

Haver rebut requeriment d'esmenes de la sol·licitud (presentació de documentació)

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

10 dies hàbils a partir de la data de la notificació

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo).. Tel.: 971176041

(mhevia@icib.caib.es)

Observaciones

El model que apareix amb títol "model" NO s'ha d'adjuntar a l'esmena.

X

Justificación

Requisitos

Estar entre las subvenciones concedidas a la Resolución de la directora del Instituto de Industrias Culturales de las Islas Baleares por la cual se conceden las subvenciones correspondientes a la convocatoria de subvenciones para apoyar los proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 2022 )

Documentación a presentar

20.3. La inversión subvencionada deberá justificarse con la presentación de la cuenta justificativa a través del modelo normalizado (Anexo 6), con la siguiente documentación:

a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas para la concesión de la subvención, que deberá incluir, obligatoriamente, todos estos apartados:

— Indicación de todas las inversiones realizadas y de los resultados obtenidos.

— Toda la información necesaria para interpretar y comprender correctamente la justificación de gastos presentada y la imputación al proyecto.

— Explicación en relación con la forma en que el proyecto subvencionado contribuirá a la consecución de los objetivos previstos y, en particular, de los criterios medioambientales indicados en el apartado 1.4 de la convocatoria.

— Si no se hubiera ejecutado la totalidad del proyecto por causas ajenas o de fuerza mayor, la memoria debería exponer sus causas y explicar las modificaciones aplicadas. Y, en particular, de los criterios medioambientales indicados en el

apartado 1.4 de la convocatoria.

b) Fotografías de todo el material adquirido y/o de las inversiones realizadas. En caso de que dispongan, es necesario que las placas con las características de la maquinaria sean visibles.

c) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas:

— Una explicación detallada de los gastos correspondientes a las actividades realizadas. En su caso, deberán indicarse las desviaciones que se produzcan en el presupuesto del proyecto aprobado. Solo se tendrán en cuenta los conceptos imputados al presupuesto presentado con la solicitud.

— La indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales e indirectos incorporados en la relación clasificada de los gastos.

— Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones, en su caso, que hayan financiado la inversión subvencionada, con indicación de su importe y procedencia.

— Hoja de cálculo (Anexo 6) que incluya una relación clasificada de los gastos,correctamente cumplimentada y firmada, con la identificación del acreedor, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago.

d) Las facturas, completas o simplificadas, tendrán que cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. La descripción de la

operación tendrá que aportar suficiente información sobre el concepto y el periodo objeto de facturación para que se pueda verificar la relación del gasto con el objeto de la ayuda. Si el concepto de la factura no es suficientemente explicativo, deberán adjuntarse los albaranes de entrega correspondientes u otra documentación justificativa. En todo caso, deberá poder verificarse el precio unitario de la operación. En caso de que en algunas de las facturas solicitadas no constara el IVA, sería obligatorio hacer referencia a la disposición normativa en virtud de la cual es aplicable su exención, de acuerdo con el artículo 6.1.j) del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

e) Los documentos acreditativos del pago (extracto bancario y/o justificante bancario) deberán cumplir los siguientes requisitos:

— Identificación de la persona beneficiaria y del ordenante del pago, que tendrán que coincidir con el beneficiario y con el emisor de la factura, respectivamente. El ordenante hará constar su NIF y la denominación social.

— Concepto en el que se ordena el pago y remisión al número o números de factura a los que corresponde. Si el documento de pago no hiciera referencia a las facturas, debería ir acompañado de la documentación complementaria que

permitiera verificar la correspondencia entre gasto y pago.

f) En caso de que sea una persona jurídica pública la que tenga que contratar toda o una parte de la actividad subvencionada, declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) por parte de los intervinientes, según lo dispuesto en la Orden HFP/ 1030/2021 (Anexo IV.A), información relativa a los contratistas y subcontratistas: declaración de cesión de y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR; declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR, mediante los modelos a los que se hace referencia en el apartado 9.1.b.3 y b.4, y alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT, si procede.

g) Cualquier otra documentación que le sea requerida a efectos de comprobar la realización del proyecto subvencionado y el cumplimiento de las obligaciones requeridas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para justificar los gastos objeto de la ayuda acaba el 10 de diciembre de 2023.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo).. Tel.: 971176041

(mhevia@icib.caib.es)

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Enmiendas al requerimiento de justificación

Requisitos

Haber recibido un requerimiento en relación a la justificación del proyecto.

Documentación a presentar

Plazo máximo

10 días hábiles a partir de la fecha de la notificación

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo).. Tel.: 971176041

(mhevia@icib.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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