Proceso de estabilización concurso extraordinario de Técnico/técnica superior especialista en radiodiagnóstico del Ib-Salut
Selección de personal estatutario fijo en el marco del artículo 2 de la ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad a la ocupación pública, por la cual se convoca un concurso extraordinario para cubrir 71 plazas de personal estatutario fijo de la categoría de Técnico/técnica superior especialista en radiodiagnòstic, dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares, correspondientes a la oferta de ocupación pública aprobada por los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 23 de mayo de 2022.
Código SIA
2891152
Personas destinatarias
Personas físicas que cumplan los requisitos previstos a la convocatoria.
Plazo máximo para la resolución y notificación
El plazo fijado por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública es el 31 de diciembre de 2024.
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
No
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General del IB-Salut
Documentos relacionados con el procedimiento
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Bases generales
- Convocatoria específica
- Corrección de errores (Bases generales)
- Corrección de errores (Convocatoria específica)
- Lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos
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Lista informativa puntuación méritos autovaloración
NOTA INFORMATIVADe conformidad con lo establecido en el punto 16 de las bases generales, a modo EXCLUSIVAMENTE INFORMATIVO y para facilitar la decisión depresentarse o no al examen de la modalidad concurso oposición, se publica una lista con las puntuaciones que cada aspirante se hayaintroducido por medio de la autovaloración de los méritos, sin validación ni comprobación de ningún tipo, ni de requisitos ni de méritos.Dado el objetivo exclusivamente informativo, no es procedente presentar reclamaciones ni recursos contra dicha lista
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Modificación de convocatoria (Bases generales)
De acuerdo con el artículo 17.2.a) del Real decreto ley 1/1999, las personas adjudicatarias de una plaza no podrán participar en los concursos de provisión de plazas ni en promociones internas temporales durante un plazo mínimo dos años a contar desde el día en que hayan tomado posesión de la plaza.Asimismo, durante el mismo periodo de dos años, no podrán concederse a las personas adjudicatarias comisiones de servicios.Excepcionalmente, esta prohibición queda sin efecto cuando exista una necesidad asistencial debidamente acreditada.