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Presentación de la declaración anual por beneficiarios de la Pensión No Contributiva

Declarar la situación económica y familiar de las personas beneficiarias de las pensiones no contributivas.

Código SIA

2887746

Personas destinatarias

Personas beneficiarias de las pensiones no contributivas de jubilación o de invalidez.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses

Silencio administrativo

No es de aplicación

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

El procedimiento consiste en aportar documentación económica y familiar que puede dar lugar a modificaciones en relación al derecho o la cuantía de la pensión no contributiva

Órgano competente para resolver

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Presentació de la declaración anual

Requisitos

Ser beneficiario de Pensión No Contributiva.

Documentación a presentar

-Ingresos derivados del trabajo por cuenta otros: Copia de nómina o certificado emitido por la empresa.

-Ingresos derivados de el trabajo por cuenta propia: copia de Declaración del IRPF y de los pagos fraccionados efectuados a Hacienda.

-Ingresos derivados de prestaciones abonadas por otros países: Copia del justificante de pago, en el cual conste país y organismo que lo abona e importe de pago.

-Ingresos derivados de bienes amuebles: Copia de Declaración de IRPF y certificado emitido por el banco o caja en la que tenguin depósito el capital mobiliario.

-Ingresos derivados de bienes inmuebles: Copia del impreso de pago del Impuesto sobre bienes inmuebles en que conste el valor catastral. Contrato o recibo en el cual conste los ingresos derivados de arrendamientos de bienes inmuebles urbanos y rústicos.

Modelos:

Plazo máximo

El documento declaración anual tiene que presentarse antes del 31 de marzo del año en curso.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Prestaciones Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Prestaciones Sociales

Tel.: 971177200

(serveiprestacions@caib.es)

X

Presentación de documentación complementaria a la declaración anual

Requisitos

Ser perceptor de una Pensión no Contributiva

Documentación a presentar

La documentación requerida por el órgano gestor y toda aquella documentación que consideráis necesaria para la tramitación del expediente de la Pensión no Contributiva.

Modelos:

Plazo máximo

Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año en curso

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Prestaciones Sociales

Tel.: 971177200

(serveiprestacions@caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Asuntos Sociales

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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