Requisitos
Universidades del Estado con las cuales no se ha firmado ningún convenio específico de colaboración puedan solicitar prácticas de los alumnos de estudios oficiales
Documentación a presentar
En la solicitud, según corresponda, se tiene que adjuntar la documentación siguiente:
a) El documento de compromiso de confidencialidad en conformidad con el que disponga la Ley de Protección de Datos Personales vigente. El modelo de documento a rellenar es también a la web www.dgpice.caib.es.
b) De acuerdo con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la DGPICE hará la consulta de los datos necesarios para tramitar la solicitud de admisión de alumnos en prácticas en centros educativos de las Illes Balears que estén en poder de esta Administración o hayan sido elaborados por la Administración, y que se puedan consultar mediante redes corporativas o sistemas electrónicos habilitados a tal efecto.
Por lo tanto, se entiende otorgado el consentimiento para la consulta de inexistencia de antecedentes por delitos sexuales.
En los casos descritos a continuación, se tendrá que adjuntar un certificado que acredite que no ha sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad y la indemnidad sexual ni por tràfic de seres humanos, de acuerdo con el que dispone el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia:
- Cuando no se pueda consultar.
- Quant el estudiante se oponga a la consulta de los datos de inexistencia de antecedentes por delitos sexuales, necesaria para la tramitación de la solicitud.
- Cuando sean ciudadanos extranjeros o que, además de la española, ostenten otra nacionalidad, tendrán que solicitar a las autoridades de su país de nacionalidad una certificación en la cual se hagan constar, en su caso, sus antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual.
La fecha de expedición del certificado tiene que ser la siguiente:
1º. Para las solicitudes de autorización presentadas en el primer plazo tiene que ser igual o posterior al 17 de agosto de 2023.
2º. Para las solicitudes de autorización presentadas en el segundo plazo tiene que ser igual o posterior al 15 de enero de 2024.
c) En el supuesto de que las prácticas se hagan en un centro concertado o en un centro privado que renuncie a recibir el importe, se tiene que presentar un escrito a la DGPICE firmado por la dirección en el cual se haga constar esta circunstancia.
Plazo máximo
Según anexo correspondiente
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados
C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 1a planta).
Tel.: 971177865
- Fax: 971176896
(sfpp@dgpdocen.caib.es)