Requisitos
Alumnos que cursen segundo, tercero o cuarto de ESPA
a) Estar matriculado a segundo, tercero o cuarto de educación secundaria de personas adultas (ESPA) durante el periodo 2021-2022
b) Tener más de 30 años el día natural anterior al de inicio de las actividades lectivas.
c) Estar inscrito como demandante de empleo desempleado en el SOIB el día natural anterior al inicio de las actividades lectivas.
d) Estar inscrito como demandante de empleo desempleado en el SOIB u otro servicio público del Sistema Nacional de Ocupación durante al menos 4 meses en los últimos 6 anteriores al día natural anterior al de inicio de las actividades lectivas.
e) Haber finalizado con aprovechamiento al menos uno de los ámbitos de conocimiento en cual cun de los centros de educación para personas adultas de las Islas Baleares.
Alumnos que cursen formación profesional
a) Estar matriculado en un ciclo de formación profesional presencial de grado medio o superior en centros sostenidos con fondos públicos de la CAIB
b) No haberse matriculado en ningún estudio reglado en el curso académico 2020-2021.
Esta condición no es de aplicación a los alumnos matriculados con aprovechamiento en el primer curso de ciclos de formación profesional presencial en el curso académico 2020-2021 que solicitaron una beca de éxito.
Dado que la finalidad de estas ayudas es el regreso al sistema educativo, los alumnos a los cuales se les haya denegado la beca en el curso académico 2020-2021por haberse matriculado en un estudio reglado en el curso académico 2019-2020 tampoco tendran derecho a ella.
c) Tener más de 30 años el día natural anterior al de inicio de las actividades lectivas.
d) Estar inscrito como demandante de empleo desempleado en el SOIB el día anterior al inicio de las actividades lectivas.
e) Estar inscrito como demandante de empleo desempleado en el SOIB u otro servicio público del Sistema Nacional de Ocupación durante al menos 4 meses en los últimos 6 anteriores que el alumno inicie las actividades lectivas.
f) Aprovechamiento del curso:
Documentación a presentar
a) Solicitud de acuerdo con el modelo que se encuentra en la web del SOIB.
b) Copia de la hoja de matriculación.
c) Declaración responsable de veracidad de datos bancarios.
d) Excepto la oposición expresa de la persona interesada que se tiene que hacer constar en el modelo de solicitud, los certificados acreditativos de que la persona interesada está al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria Estatal y la Seguridad Social, así como la verificación de los datos de identidad (DNI). En caso de que no se autoricen estas consultas, tiene que aportar la documentación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones anteriores, así como una copia del documento de identidad, si procede, y el informe de vida laboral. En caso de que no se autoricen estas consultas, se tiene que aportar la documentación acreditativa, junto con la solicitud de ayuda.
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Seis meses a contar desde la recepción en el registro de la lista que tiene que presentar la Consejería de Educación, Universidad e Investigación
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Carrer Gremi d'Hortolans, 11, 1 planta. Polígon Son Rossinyol.
Tel.: 971177900
- Fax: 971176342
(goliver@soib.caib.es)