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Derecho de acceso a la información pública medioambiental

Acceder a la información ambiental que esté en poder de las autoridades públicas o en el de otros sujetos en su nombre.

Código SIA

2352314

Personas destinatarias

Cualquier persona física o jurídica, así como sus asociaciones, organizaciones y grupos sin que para ello estén obligados a declarar un interés determinado, sea cual sea su nacionalidad, domicilio o sede, mediante solicitud previa.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución de acceso a la información es de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver. Sin embargo, este plazo podrá ampliarse otro mes en caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita lo hagan necesario.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

La Dirección General de Coordinación y Transparencia de la Consellería de Presidencia y Administraciones Públicas lleva la Unidad de coordinación de la gestión del derecho de acceso a la información pública medioambiental de la CA de las Illes Balears y de su sector público, encargándose del análisis previo de las solicitudes y la derivación al órgano competente.

Cada consellería tiene una unidad de transparencia que gestiona las solicitudes de acceso de su consejería y los entes del sector público que tenga adscritos.

Una vez derivada la solicitud a la conselleria competente esta llevará la tramitación de procedimiento concreto. El o la titular de la consellería también será competente para tramitar y resolver las solicitudes de acceso a información pública medioambiental en relación con asuntos de las entidades del sector público autonómico que tenga adscritos.

El plazo para resolver y notificar se inicia en la fecha de entrada en el órgano competente

Para realizar la presentación telemática necesita identificarse mediante cualquiera de los sistemas reconocidos por Cl@ve (mediante un certificado electrónico -incluido el DNI electrónico-, el sistema Cl@ve PIN o el sistema Cl@ve Permanente).

Sin embargo, si no dispone de estos sistemas de identificación, también puede presentar la solicitud por vía telemática sin necesidad de autenticarse. En este caso deberá indicar todos sus datos identificativos e introducir su número de teléfono móvil, ya que posteriormente recibirá un SMS con un código que deberá introducir para poder registrar la solicitud correctamente.

- Si sólo desea hacer una consulta sobre cuestiones medioambientales (horarios, oficinas, trámites, etc) no debe utiltizar este procedimiento, sino que debe contactar con el Punto de Información Ambiental (PIA) por correo electrónico a pia@dgqal.caib.es o mediante el teléfono gratuito 900 15 16 17 del Punto d'Información Ambiental (PIA). http://www.caib.es/sites/puntdinformacioambiental/ca/contacta_amb_el_pia-53470/

Más información: Web derecho de acceso a la información pública ambiental:

Órgano competente para resolver

El organo competente por materia

Trámites

X

Solicitud del acceso a información pública medioambiental

Requisitos

Cualquier persona

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

En cualquier momento.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

El organo competente por materia

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio Transparencia

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971177714 - Fax: 971176817

(saip.unitatdefiltratge@caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

El órgano directivo (dirección general o secretaría general) competente para la tramitación del procedimiento/servicio

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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