Requisitos
Las personas beneficiarias deben cumplir los siguientes requisitos:
- No haber cumplido 22 años.
- Ser menor de edad cuando uno de los progenitores muera o padezca un grado de discapacidad igual o superior al 33% como consecuencia de haber sido víctima de violencia machista o conyugal o de violencia entre personas con una relación análoga a la conyugal. Si antes de la violencia el progenitor o progenitora que fuera víctima ya tuviera una discapacidad igual o superior al 33%, cualquier aumento de la discapacidad como de esta violencia violencia queda incluido en este requisito.
- No convivir con la persona responsable de los actos de violencia.
- Tener residencia en la comunidad autónoma de las Illes Balears
Documentación a presentar
La persona solicitante tiene que acreditar el cumplimiento de los requisitos mediante la aportación de la documentación que figura en el artículo 11 del Decreto.
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
3 meses a contar desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro de la administración competente para tramitarla.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Consejería de Asuntos Sociales y Deportes
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Infancia, Juventud y Familias
C/ de Sant Joan de la Salle, 4 b.
Tel.: 971177155
- Fax: 971176384