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Cancelación del depòsito de fianzas de alquiler
Requisitos
a. Papel de Estado / Fianza y contrato original para los arrendamientos inscritos con anterioridad a junio de 1984.
b. Recibos o certificados de depósito y contratos originales debidamente sellados para los arrendamientos registrados entre el 1 de julio de 1984 y el 19 de enero de 2001.
c. Documentos F-1 o F2 en arrendamientos a partir del 20 de enero de 2001.
d. Documentación acreditativa de ser el propietario (persona física, jurídica o sociedad civil) el titular de la cuenta donde se pide la devolución de la fianza o, en su caso, autorización expresa del propietario a favor del titular de la cuenta y copia del DNI del autorizador.
Documentación a presentar
Plazo máximo
30 dias
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi)
C/ de Manuel Azaña, 9 .
Tel.: 900700003
- Fax: 971468829
Observaciones
Cancelación del depòsito de fianzas de alquiler