Renta de emancipación: dirigido a proporcionar una prestación económica mensual para personas jóvenes en proceso de autonomia personal.

Las personas jóvenes usuarias de los servicios se comprometen a cumplir los objetivos establecidos, mediante un proyecto educativo individual, el no cumplimiento de los mismos será motivo de baja del programa.

Dirigido a:

Personas jóvenes, de 18 a 25 años, residentes en la comunidad autónoma de las Islas Baleares, que han sido objeto de una medida de protección o de una medida de justícia juvenil y que tienen que llevar a cabo un proceso de autonomia personal y se encuentran en una situación de vunerabilidad y no tienen apoyo familiar. 

Sistema de acceso:

Solicitud dirigida a la Direcció General de Infancia, Juventud i Familias, se puede presentar desde tres meses antes de cumplir 18 años y hasta no tener 25 años cumplidos. 

Requisitos:

   1. Haber cumplido 18 años y no haber cumplido 25.


   2. Estar bajo guarda o tutela administrativa en el momento de cumplir 18 años.3 Haber estado, como mínimo y sin necesidad de que sean consecutivos, doce meses entre los 16 y los 18 años bajo una medida de guarda o tutela de cualquier de las entidades públicas de protección de menores de las Illes Balears. Excepcionalmente, el período mínimo de doce meses mencionado no será de aplicación a las personas menores de edad sometidas a una medida administrativa de protección que vuelven a su ámbito familiar cuando este regreso resulta infructuoso, así como a las personas menores de edad sometidas por primera vez a guarda o tutela administrativa después de haber cumplido 17 años.


   3. Acreditar que no convive con los familiares por los que se generó la medida administrativa, excepto en el caso previsto de tutela o guarda legal establecida en el apartado 2 del artículo 60 de este Decreto ley.


   4.Tener unos ingresos inferiores al de la renta social garantizada para un adulto solo en el momento de la solicitud de la prestación.


   5.En el supuesto de que la persona interesada no tenga una actividad laboral remunerada y no curse estudios académicos, tiene que estar inscrita como demandante de trabajo en el Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB). Este requisito se exceptuará en los casos en que la situación administrativa del solicitante no le permita estar inscrito en el SOIB.


   6.Tener la residencia en la comunidad autónoma de las Illes Balears.


   7.En los casos en que la persona demandante presente problemas de adicciones, será requisito, presentar informe técnico favorable relativo a la percepción de la prestación en el proceso de autonomía personal.


   8. No tener su capacidad de obrar limitada en el manejo de dinero por sentencia judicial.