El Servicio
El Servicio de Ordenación Farmacéutica tiene como objetivos principales la planificación y la gestión de las políticas en materia de ordenación farmacéutica que garanticen a toda la población el acceso a los medicamentos con facilidad, igualdad y equidad. Para llevar a cabo estos objetivos se realizan actuaciones de autorización y control de los establecimientos sanitarios que custodian y dispensan medicamentos, así como de los profesionales que en ellos ejercen sus funciones.
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Información destacada
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APLICACIÓN DEL ÍNDICE CORRECTOR DE LOS MÁRGENES DE LAS OFICINAS DE FARMACIA PARA EL EJERCICIO DE 2021
Se comunica la apertura del plazo, desde el 1 de febrero al 2 de marzo de 2021, para la presentación de solicitudes correspondientes al ejercicio de 2021 relativas a la aplicación del índice corrector de los márgenes de las oficinas de farmacia correspondiente a las recetas u órdenes de dispensación de medicamentos de uso humano fabricados industrialmente dispensados con cargo a fondos públicos, regulado en el Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano.
Circular informativa
Anexo de aplicación
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AVISO CONCURSO OFICINAS DE FARMACIA 2015
Publicación al BOIB núm. 5, de 12 de enero de 2021, Resolución del director general de Prestaciones y Farmacia por la que se modifica la composición de la comisión de valoración para instruir y valorar los méritos del concurso para la adjudicación de 34 oficinas de farmacia convocado por resolución de 25 de noviembre de 2015 (BOIB núm. 174, de 26 de noviembre).
BOIB Núm. 5, de 12 de enero de 2021
IMPORTANTE Para garantizar a los ciudadanos y empleados públicos la exposición al mínimo riesgo de contagio a la COVID-19, los interesados en la vista de su expediente han de solicitar telefónicamente cita previa (Tel. 971177383).
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AVISO CONCURSO OFICINAS DE FARMACIA 2015
Publicación en el BOIB núm. 105, de 9 de junio de 2020, de la Resolución del director general de Prestaciones y Farmacia por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos para participar en el concurso de méritos para la adjudicación de 34 oficinas de farmacia convocado por Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 25 de noviembre de 2015.
BOIB Núm. 105, de 9 de junio
IMPORTANTE Para garantizar a los ciudadanos y empleados públicos la exposición al mínimo riesgo de contagio al COVID-19, los interesados en la vista de su expediente han de solicitar telefónicamente cita previa (Tel. 971177383)
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AVISO CONCURSO OFICINAS DE FARMACIA 2015
ABIERTO EL PLAZO DE 15 DÍAS PARA PRESENTAR ALEGACIONES A LA LISTA PROVISIONAL DE ASPIRANTES ADMITIDOS Y EXCLUIDOS PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA ADJUDICACIÓN DE 34 OFICINAS DE FARMACIA
EL PLAZO FINALIZA EL 7 DE FEBRERO DE 2020
Acuerdo de la comisión de valoración de 9 de enero de 2020 por la que se aprueba la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos para participar en el concurso de méritos para la adjudicación de 34 oficinas de farmacia convocado por Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 25 de noviembre de 2015 (BOIB núm. 174, de 26 de noviembre).
BOIB Núm. 7, de 16 de enero
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AVISO SOBRE EL CONCURSO OFICINAS DE FARMACIA 2015
ABIERTO EL PLAZO DE DIEZ DÍAS PARA LA SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS DE LAS SOLICITUDES Y PARA LA ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS ALEGADOS
EL PLAZO FINALIZA EL 26 DE NOVIEMBRE
Requerimiento de subsanación de deficiencias de las solicitudes y acreditación de los méritos alegados presentados en el concurso de méritos para la adjudicación de 34 oficinas de farmacia convocado en Resolución de 25 de noviembre de 2015 (BOIB nº. 174, de 26 de noviembre).
BOIB Núm. 154, de 12 de noviembre
RECTIFICACIÓN DE ERRORES DEL REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE 6 DE NOVIEMBRE DE 2019 DE DEFICIENCIAS DE LAS SOLICITUDES I ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS ALEGADOS
BOIB Núm. 158, de 21 de noviembre
Más información aquí
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Convocatoria de concurso de méritos para la adjudicación de oficinas de farmacia en las Islas Baleares - 2015
Más información
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Carta de Servicios
El objetivo de garantizar la calidad, seguridad y eficacia, así como un uso responsable del medicamento, marca las acciones de la Dirección General de Planificación, Evaluación y Farmacia en sintonía con el conjunto del Sistema Nacional de Salud. Carta de Servicios
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PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Illes Balears, y opcional para las personas físicas). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Consulte las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
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