Desde el año 2021, la Dirección general competente en Universidades, convoca ayudas de alojamiento a la residencia de la Universitat de les Illes Balears para nuevos estudiantes universitarios con la cual se pretende facilitar y fomentar la integración de los nuevos alumnos de la UIB a la vida académica del campus universitario, a partir de la cual se establece como periodo máximo para disfrutar de las ayudas cuatro cursos académicos consecutivos, a contar desde el primer curso.

¿Cómo se puede continuar disfrutando de las ayudas? Para poder continuar con las ayudas se tienen que acreditar el cumplimiento de los requisitos.

¿Cómo se acreditan los requisitos? Los requisitos se acreditan con la presentación de la documentación siguiente:

 - Copia del impreso de la matrícula universitaria correspondiente al año académico donde conste la titulación cursada por el solicitante, el número de créditos matriculados, que tiene que ser igual o superior a 42. No se tiene que tener en cuenta los créditos convalidados, reconocidos o transferidos.

- Certificado académico completo,o copia impresa del expediente personal con el sello original de la UIB (no se admitirán copias simples o impresiones sin sellar). Tiene que constar: las asignaturas matriculadas; número de créditos y las calificaciones obtenidas del curso anterior.

El sello original de la UIB tiene que incluir: el escudo o imagen corporativa identificativa de la UIB así como la denominación de la universidad. No se admitirán documentos con sellos que no reúnan los requisitos anteriores.

Los ejemplar impresos de documentos electrónicos únicamente son válidos si tienen el correspondiente código CSV , que permiten comprobar la integridad y la veracidad del documento.

 - Copia del impreso de reserva de coso a la residencia de estudiantes.

¿Cómo puedo presentar la documentación? La documentación se puede presentar mediante el trámite telemático. Aquí os indicamos el enlace: https://www.caib.es/seucaib/es/200/persones/tramites/tramite/4213695

¿Qué pasa si no se presenta alguno de los documentos justificativos? La carencia de acreditación del cumplimiento de los requisitos implicará la revocación de la ayuda concedida.

Plazo de justificación: Hasta el 15 de septiembre de cada año.