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Información sobre productores de residuos en las Illes Balears


A. DEFINICIÓN DE PRODUCTOR DE RESIDUOS

(Artículo 2.ab) de la Ley 7/2022, de 8 de abril de 2022, de residuos y suelos contaminados para una economia circular)

Se define como Productor de residuos “cualquier persona física o jurídica que tenga una actividad que produzca residuos (productor inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mescla o de otro tipo, que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de estos residuos. En el caso de las mercancías retiradas por los servicios de control e inspección a las instalaciones fronterizas, se considera productor de residuos el representante de la mercancía, o bien el importador o exportador de la mercancía”

 


B. INSCRIPCIÓN DE PRODUCTOR

(Arte. 41 de la Ley 8/2019, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares) 

En aplicación de la disposición transitoria segunda de la Ley 8/2019 de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares, desde el primero de octubre de 2019, el trámite de comunicación de producción de residuos para la inscripción al registro, sólo se podrá realizar telemáticamente.

Se admitirá la presentación de este trámite por una persona física o entidad jurídica distinta del interesado siempre que esté debidamente autorizado, el apoderamiento o autorización de representación debe estar inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) @podera. En este caso, en el apartado 'Documentación' de este trámite se solicitara el justificante de registro de apoderamiento.

B.1.  COMUNICACIÓN PREVIA COMO PRODUCTOR DE RESIDUOS

DOCUMENTACIÓN NECESARIA SOLICITADA EN EL TRÁMITE TELEMÁTICO:

- CIF de la empresa productora que quiere darse de alta. (sólo en caso de entidades jurídicas)

- Escritura de la empresa o poderes de representación (sólo en caso de entidades jurídicas)

- DNI del representante de la empresa.

- Contrato de tratamiento de residuos (no es válido el contrato comercial) o modelo de declaración responsable.

- En caso de productor de residuos peligrosos en cantidad superior a 10 toneladas/año debe presentar el modelo de certificado previsto en el anexo III del RD208_2022 firmado y cumplimentado por la aseguradora (ver apartado D)

- Dentro del trámite se remitirá a la Agencia Tributaria para realizar el pago de la tasa asociada.

- Justificante de inscripción en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) @podera (En caso de presentar la solicitud en representación de otra persona física o jurídica).


AMPLIACIÓN O MODIFICACIÓN DE INSCRIPCIONES EXISTENTES

En caso de modificación o ampliación de una inscripción existente, debe tener en cuenta que este procedimiento aplica a cambios como por ejemplo, en los LER, en denominación comercial de la empresa, en el administrador/administradora, o similares.

SE CONSIDERA UNA ALTA NUEVA y por tanto debe seleccionar la opción de alta dentro del trámite, si los cambios afectan a:

- Ubicación del lugar donde se genera el residuo.

- Por inicio de generación de residuos peligrosos. (Nuevas inscripciones o inscripciones existentes que no tienen peligrosos).

- Por pasar a producir más de 10.000 kg/año de residuos peligrosos.

- Por pasar a producir más de 1.000 toneladas/año de no peligrosos.

- Por cambio de CIF de la entidad titular.

  

icono_estrella_red.png Acceso al trámite telemático de comunicación previa de productor de residuos en las Illes Balears

Para una nueva alta, modificación o baja debe seleccionar el trámite: 'Comunicación previa Productor de residuos'

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En caso de que se le requiera la subsanación de alguna deficiencia en el trámite presentado o debe presentar alguna documentación adicional, debe utilizar el trámite: 'Subsanación de deficiencias Productor de residuos'

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(En ambos casos será necesario acceder a cl@ve y disponer de certificado digital)


C. ESTUDIOS DE MINIMIZACIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE RESIDUOS

En caso de alta o modificación para productores de residuos peligrosos (más de 10Tn/año) o productores de residuos no peligrosos (más de 1000Tn/año), conforme al articulo 42 de la ley autonómica 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados, deben presentar un estudio de minimización de la producción de residuos ante esta Consejería.

Art.42.2. Los productores están obligados a elaborar y enviar al Gobierno de las Illes Balears un estudio de minimización en la producción de residuos cada cuatro años. Esta obligación tiene que ser incluida por las administraciones competentes como condición de los permisos ambientales y de actividades necesarios para el ejercicio de la actividad.

Art.42.3. Quedan exentos de la presentación del estudio de minimización los productores de residuos peligrosos que, en cada centro, generen menos de 10 toneladas al año y los productores de residuos no peligrosos que, en cada centro, generen menos de 1.000 toneladas al año.

 


D. GARANTÍAS FINANCIERAS

Los productores de residuos, están obligados a constituir un seguro de responsabilidad civil y un seguro de responsabilidad medioambiental en el caso de generar residuos peligrosos en cantidad superior a 10 t/año.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 2 y 3 del Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos, establece los criterios para determinar por los sujetos obligados, para responder ante la Administración del cumplimiento de las responsabilidades y obligaciones que les corresponden.

A tal efecto, en referencia al seguro de responsabilidad civil, de acuerdo con el punto 3 del Anexo IV del RD208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos. Debe acreditar la disposición de un seguro de responsabilidad civil por importe mínimo de 450.000,00€ mediante la presentación del modelo de certificado previsto en el anexo III del RD208/2022 firmado y cumplimentado por la aseguradora.

El ejercicio de una actividad de gestión de residuos sin haber constituido las fianzas o garantías financieras o de suscripción de seguros, o de su renovación, cuando éstas sean obligatorias constituye una infracción grave según el apartado 3f) del artículo 108 la ley 7/2022 de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados por una economía circular, infracciones que pueden ser sancionadas con multas de hasta 600.000 euros.

 


E. MEMORIA ANUAL DE PRODUCTOR DE RESIDUOS PELIGROSOS

icono_nuevo.png Conforme al punto 2-B del ACUERDO DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE RESIDUOS RELATIVO A LA OBLIGACIÓN DE REMISIÓN DE MEMORIA ANUAL DE LOS PRODUCTORES DE RESIDUOS PELIGROSOS ESTABLECIDA EN LA LEY 7/2022, DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS PARA UNA ECONOMÍA CIRCULAR.

- La Comunidad Autónoma de las Illes Balears exime de presentar esta memoria anual, dado que los datos de la misma se obtendrán a partir de la documentación de los traslados de residuos presentada de forma telemática a través de la plataforma SINGER para los traslados intraterritoriales y de la plataforma eSIR por los traslados interterritoriales.


F. DOCUMENTOS

decision_UE_955-2014_lista_LER.pdf Lista codigos LER (decisión UE 955-2014)

Declaració_Responsable_Residus_CA.pdf Declaración Responsable Residuos

Modelo_autorizacion_representacion_CA.pdf Modelo autorización representación

estudi minimitzacio residus.pdf Estudio minimización residuos

Declaracion_anual_productores.xlsx Declaración anual de productor

 


G. FAQS TRÁMITES TELEMÁTICOS

Error autenticación clave CAST.pdf Error autenticación cl@ve 

Selección de códigos LER en trámites de productor.pdf Selección de códigos LER en trámites de productor

 


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