Inspección traslado de residuos

PLAN DE INSPECCIÓN DE RESIDUOS TRANSFRONTERIZOS DE RESIDUOS DE LAS ILLES BALEARS 2017 - 2019

El Reglamento (CE) 1013/2006, de 13 de junio, de 2016, relativo a los traslados de residuos, fue modificado por el Reglamento UE 660/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, y se introdujeron nuevas exigencias en materia de traslados de residuos.

El Reglamento UE 660/2014, que entró en vigor el 1 de enero de 2016, introduce la obligación para los estados miembros de realizar inspecciones más exhaustivas, que permiten detectar si se están llevando a cabo traslados de residuos contrarios a la norma . Con el objetivo de garantizar el cumplimiento de esta obligación, el Reglamento UE 660/2014 impone la aprobación de planes de inspección por parte de los estados miembros, cosa que deriva en la necesidad de aprobar el Plan de inspección.

El artículo 12.4.d de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, otorga competencia a las comunidades autónomas en materia de autorización de traslados de residuos desde –o hacia – países pertenecientes a la Unión Europea, y también facultados de inspección y sanción derivadas de este régimen de traslados.

Por todo esto, la Consejería de Medio ambiente y Territorio ha aprobado el PLAN De INSPECCIÓN DE RESIDUOS TRANSFRONTERIZOS DE RESIDUOS DE LAS ILLES BALEARS 2017 - 2019.


DOCUMENTOS

PLAN_DE_INSPECCION_IB_DEF _CATALA.PDF  Plan de inspección de traslados transfronterizos de residuos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

BOIB_CATALA.PDF BOIB Núm. 044 - 10/abril/2018