16FI2024 Inversiones sociosanitarias para menores con medidas judiciales

 

Las Illes Balears no disponen de ningún centro específico para el cumplimiento de las medidas judiciales de internamiento terapéutico contempladas en la Ley Orgánica 5/2000 de responsabilidad penal de los menores infractores. Estas medidas de internamiento se atienden en los centros socioeducativos existentes en la comunidad y, a menudo, cuando no hay disponibilidad el Govern se ve obligado a derivar estos menores a otras comunidades autónomas con las dificultades de burocratización de los procesos y el coste económico y de recursos de esta opción a causa, entre otros factores, de la barrera de la insularidad, hecho que no redunda en ningún caso en el superior interés de los menores afectados por esta situación.

Por todo ello, es necesario para Baleares contar con infraestructuras socio sanitarias que atiendan a las necesidades terapéuticas para menores que cumplen medidas judiciales ya que su traslado a centros peninsulares dependientes de otras comunidades autónoma no siempre es posible, supone un coste elevadísimo y dificulta su tratamiento.