Habilitación de asesores y evaluadores
Para poder realizar el procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación es necesario contar con un grupo de personas habilitadas en el ámbito de la docencia y del mundo laboral encargados del asesoramiento y la evaluación de las personas que participan en el procedimiento de acreditación.
Los asesores y evaluadores que actúan en las diferentes convocatorias podrán percibir las compensaciones económicas establecidas en el Decreto 4/2019, de 25 de enero.
Requisitos para ser asesor y/o evaluador
- Tener la experiencia laboral que se indica a continuación:
- Colectivo 1. Profesores técnicos de formación profesional o profesores de enseñanza secundaria con atribución docente que tengan una experiencia de al menos cuatro años en la especialidad correspondiente a la nueva función en la que desean ampliar la habilitación.
- Colectivo 2. Formadores que no pertenecen al sistema educativo con una experiencia docente de al menos cuatro años impartiendo módulos formativos asociados a la calificación profesional correspondiente a la nueva función en la que quieren ampliar la habilitación.
- Colectivo 3. Profesionales expertos que tengan una experiencia laboral de al menos cuatro años relacionada con la calificación profesional correspondiente a la nueva función en la que desean ampliar la habilitación.
- Los profesionales de los colectivos 1 y 2, con al menos dos años de experiencia docente en módulos profesionales o módulos formativos asociados a una cualificación profesional, de la cual quieren ampliar la habilitación y deben acreditar también dos años de experiencia laboral en el sector productivo relacionado con la cualificación profesional correspondiente a la nueva función en la cual desean ampliar la habilitación.
- Superar el curso de formación específica para la habilitación como asesores y evaluadores.
Funciones de los asesores
Las personas habilitadas para desarrollar las tareas de asesoramiento tienen las siguientes funciones:
- Ayudar en la elaboración del historial profesional y formativo de la persona candidata.
- Asesorar a la persona candidata en la preparación de la fase de evaluación.
- Elaborar un informe orientativo y no vinculante de las competencias profesionales que considera suficientemente justificadas y de las que no.
- Seguir las indicaciones establecidas por el IQPIB.
Funciones de los evaluadores
Las personas habilitadas para desarrollar las tareas de evaluación tienen las siguientes funciones:
- Elaborar el plan global de evaluación para concretar las pautas y los criterios que aplicarán durante la evaluación de las personas candidatas asignadas.
- Evaluar a la persona candidata de acuerdo con el Plan de evaluación establecido y revisado por el IQPIB.
- Comunicar los resultados de la evaluación.
- Atender a posibles reclamaciones.
- Seguir las indicaciones establecidas por el IQPIB.