¿Qué debo hacer para comprar o ser arrendatario de una vivienda de protección oficial nueva o de 1ª transmisión de promoción pública?

En el supuesto de que se trate de una nueva promoción de viviendas de protección oficial de promoción pública, el beneficiario tendrá que cumplir además de los requisitos especificados en el punto 1 de esta guía, el resto de criterios que establezca al efecto cada administración o ente promotor público. 

El promotor público facilitará la información y requisitos específicos para poder optar a la compra o arrendamiento de estas viviendas. También se puede solicitar información de la promoción de viviendas a la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, pidiendo cita previa a través del 012 o de la página web habitatge.caib.es, pinchando en el siguiente enlace: