Plan de tesorería
El plan de tesorería es la herramienta por medio de la cual los entes del sector público instrumental elaboran las previsiones de cobros y pagos del ejercicio y comunican las necesidades de tesorería a la Dirección general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio. Según las necesidades resultantes del plan de tesorería, esta Dirección general hará el pago de las transferencias a los entes, siempre de acuerdo con las disponibilidades de tesorería de la Comunitat Autónoma, y respetará los criterios para ordenar los pagos que establece la Ley de finanzas según el plan de disposición de fondo vigente.
Para mejorar la planificación de los pagos de las transferencias a los entes del sector público, y la revisión y control de sus planes de tesorería, se considera adecuada avanzar los plazos de presentación del plan de tesorería.
Entre otros, se avanza el plazo de presentación del plan de tesorería mensual a las fechas siguientes (excepto para los meses de agosto y diciembre):
— Antes de las 14 horas del día 10 de cada mes (o día hábil anterior) en el supuesto de que se haya solicitado el pago fraccionado.
— Antes de las 14 horas del día 15 de cada mes (o día hábil anterior) en el supuesto de que se haya solicitado un único pago a final de mes.
Los planes de tesorería de los meses de agosto y diciembre se presentarán antes de las 14 horas del día 10 del mes correspondiente (o día hábil anterior). Estos meses no se hará pago fraccionado. Se hará un único pago a final de mes, que en el caso del mes de diciembre se podrá avanzar, de acuerdo con las disponibilidades de tesorería y el calendario de pagos que se establezca.
Plan de tesorería del sector público instrumental (sede electrónica)