La mayor parte de ingresos no financieros de la comunidad se engloban dentro del llamado Sistema de Financiación Autonómica (SFA).

Se regula por la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con Estatuto de autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.

Se compone de tributos cedidos y transferencias corrientes incondicionadas de la Administración General del Estado (AGE). 

- Los tributos cedidos los podemos dividir en aquellos sujetos a liquidación y los no sujetos a liquidación. También se clasifican en totalmente cedidos (parte de los cuales a menudo se denominan tributos cedidos tradicionales) y parcialmente cedidos. 

- Las transferencias corrientes incondicionades de la AGE hacen referencia a los fondos del SFA: el Fondo de Garantía de los servicios públicos fundamentales, el Fondo de Suficiencia Global y los fondos de convergencia. Estos últimos fondos engloban los Fondos de Cooperación (del que Baleares no recibe nada) y el Fondo de Competitividad.

Introducción del Ministerio de Hacienda

Normativa