EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS BÁSICAS
La Ley de Educación reconoce que todo el mundo debe tener la posibilidad de formarse a lo largo de la vida, dentro y fuera del sistema educativo, con la finalidad de adquirir, actualizar, completar y ampliar capacidades, conocimientos, habilidades, aptitudes y competencias para el desarrollo personal y profesional, y que el sistema educativo debe facilitar a los adultos su incorporación a las diferentes enseñanzas, favoreciendo la responsabilidad y la responsabilidad.
La Ley de Ordenación e Integración de la Formación Profesional considera que las competencias básicas son necesarias para la realización y para el desarrollo personal, para participar activamente en la sociedad o para mejorar la empleabilidad. Su despliegue se lleva a cabo por múltiples vías y queda incorporado en cualquier oferta de formación profesional en tanto que promueve el desarrollo integral de la persona. Asimismo, indica que las administraciones competentes en el sistema de formación profesional deben establecer mecanismos que permitan comprobar que se dispone de las competencias básicas necesarias en el caso de las personas que no cumplan los requisitos académicos de acceso a las ofertas de formación.
El Sistema de Formación Profesional divide estos estudios en cinco grados:
Grado A: Acreditación parcial de competencia
Grado B: Certificado de competencias
Grado C: Certificado profesional
Grado D: Ciclos formativos
Grado E: Cursos de especialización
¿QUÉ SE REQUIERE PARA ACCEDER A UN GRADO B O A UN GRADO C DE NIVEL 1?
¿QUÉ SE DEBE MENESTER PARA ACCEDER A UN GRADO B O A UN GRADO C?
Este procedimiento se puede realizar por tres vías:
Vía 1: Comprobación de evidencias. Los interesados pueden solicitar a la dirección de un CEPA la certificación del nivel 1, 2 o 3 del grado B o del grado C, presentando la documentación pertinente; la Comisión VIA es la encargada de gestionar y resolver este procedimiento. Para acceder a un grado B, el Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB), a través de su aplicación de gestión, también puede comprobar (pero no certificar) que un aspirante reúne las condiciones, relacionadas en el apartado 4.1 de estas Instrucciones, para cursar un módulo de competencia.
Se puede acceder directamente a un certificado de competencia del grado B (niveles 1, 2 y 3) oa un certificado profesional de nivel 1 (grado C), si se cumple una de estas condiciones:
- Tener un certificado de competencia de grado B del mismo nivel al que se desea acceder o de un nivel superior, o un certificado profesional de nivel 1, de cualquier familia profesional.
- Tener un certificado académico o acreditación equivalente en el que conste haber estado, como mínimo, dos años escolarizados en el sistema educativo español.
- Haber superado la prueba de acceso a un CF de FP.
- Haber superado la prueba de acceso a la Universidad.
- Haber superado el curso de formación específica de competencias comunicativas y habilidades personales y sociales del nivel correspondiente del Catálogo de especialidades formativas del SEPE.
- Haber cursado con aprovechamiento un mínimo de 200 horas de formación correspondiente a especialidades formativas del Catálogo en el sistema de Formación en el Trabajo.
- Tener reconocida al menos una unidad/estándar de competencia módulo a través del procedimiento de acreditación de competencias.
- Tener el certificado de conocimientos de lengua castellana o lengua catalana del nivel A1 para el nivel 1 del grado B, del nivel A2 para los niveles 2 y 3 del grado B y del nivel B1 para el nivel 1 del grado C.
- Tener titulaciones extranjeras homologadas en el sistema educativo español.
Se puede acceder directamente a un certificado profesional de nivel 2, si se tiene el graduado en enseñanza secundaria obligatoria o equivalente, un certificado profesional de nivel 2, un certificado de competencia incluido en el certificado profesional que se desea cursar o un certificado profesional de nivel 1 de la misma familia profesional.
Se puede acceder directamente a un certificado profesional de nivel 3, si se tiene el título de técnico o técnico superior, de bachillerato o equivalente, un certificado profesional de nivel 3, un certificado de competencia incluido en el certificado profesional que se desea cursar o un certificado profesional de nivel 2 de la misma familia profesional.
En cuanto a los niveles 2 y 3 del grado C, puede acreditarse tener adquirida una o más de una de las competencias básicas equivalentes, según el cuadro de equivalencias del anexo 3. Si se tiene reconocida la exención en lengua catalana se puede estar exento de ser evaluado en la competencia comunicativa en lengua catalana. El interesado que cumpla los requisitos debe haber solicitado con suficiente antelación la exención de la evaluación en lengua catalana según el procedimiento establecido descrito en la web Servicio de Normalización Lingüística y Participación Educativa.
Los interesados en acceder a un grado B también pueden aportar evidencias no formales o informales de sus aprendizajes relacionadas con las competencias básicas en las que se hayan inscrito. Se entienden por no formales o informales las evidencias de estudios no reglados o de los que no se ha obtenido certificación alguna. En este caso, la Comisión VIA del centro de adultos debe comprobar el nivel competencial de las evidencias aportadas por el interesado, y, en su caso, debe generar nuevas evidencias por medio de una entrevista, a fin de dar cobertura a todos los dominios de las competencias básicas a evaluar. Por eso se deben utilizar los aprendizajes del Marco de referencia definidos para cada dominio y sus niveles en las diferentes competencias básicas
Vía 2: Superación de una prueba objetiva. Los ocho CEPA autorizados son los encargados de preparar, aplicar y corregir las pruebas evaluadoras de las competencias básicas. Se deben poder certificar los niveles 1, 2 y 3 de los grados B y C.
Vía 3: Superación de un curso de formación específico. Cursar esta formación no será incompatible con cualquiera de las dos vías anteriores.