INSCRIPCIÓN

Los interesados ​​en participar en este procedimiento deben tener como mínimo dieciséis años e inscribirse en el mismo centro donde deben realizar la prueba.

La solicitud, facilitada por el centro, puede presentarse hasta el día antes de la prueba y debe ir acompañada, al menos, de uno de estos documentos:

  • DNI, NIE o tarjeta de identidad de extranjero expedida por la comisaría de policía o por la oficina de extranjería de la Delegación del Gobierno en las Islas Baleares.
  • Pasaporte.
  • Visado de estudios.
  • Tarjeta de estudiante extranjero
  • Autorización de residencia prevista en el artículo 197 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, después de la reforma mediante la Ley orgánica 2/2009.
  • Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, prevista en el artículo 198 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, después de la reforma mediante la Ley orgánica 2/200.

Quienes opten por la comprobación de evidencias (vía 1), deben presentar, con la solicitud, la documentación identificativa y académica pertinente en uno de los centros de adultos participantes, o en los centros de formación del SOIB sólo para el acceso a un grado B .

En cuanto a las pruebas objetivas (vía 2), el examinando debe hacer constar en la hoja de matrícula si quiere realizar la prueba en lengua catalana o en lengua castellana. En los casos de los niveles 2 y 3 del grado C, el interesado podrá matricularse en una, dos, tres o las cuatro competencias básicas.

La inscripción en un curso de formación específica de competencias comunicativas y habilidades personales y sociales del nivel correspondiente del Catálogo de Especialidades Formativas (vía 3) no es incompatible a presentarse a las pruebas objetivas.

No existe limitación en el número de convocatorias en las que se pueden presentar.

El examinando debe hacer constar en la inscripción si quiere realizar la prueba en lengua catalana o en lengua castellana.

CERTIFICACIÓN

Publicada la lista provisional de las calificaciones, se abre un período de reclamaciones de tres días hábiles. A continuación, se publican las listas definitivas.

El examinando puede solicitar un certificado:

  • Para el grado B y para el nivel 1 del grado C, la Dirección del centro educativo expide un certificado en el que se especifica que el examinando ha demostrado tener las habilidades comunicativas, personales y sociales suficientes en el idioma escogido para cursar con aprovechamiento la formación a la que quiere acceder.
  • Para los niveles 2 y 3 del grado C, la dirección del centro expide un certificado de las competencias básicas adquiridas.