DESTINATARIOS
Pueden acceder a las enseñanzas de adultos los mayores de dieciocho años o quienes los cumplan dentro del año natural en el que se inicia la formación.
Excepcionalmente, pueden cursar estos estudios los mayores de dieciséis años que se encuentren en uno de los siguientes supuestos:
a) Disponer de un contrato laboral con un horario de trabajo que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario, o estar dados de alta en la Seguridad Social como trabajadores por cuenta propia.
b) Ser deportistas de alto rendimiento o alto nivel.
c) Cumplir medidas de justicia juvenil impuestas por los juzgados de menores en el marco de la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
d) Encontrarse en una situación personal extraordinaria por enfermedad o diversidad funcional, o en cualquier otra situación de carácter excepcional que les impida cursar las enseñanzas en régimen ordinario.
e) Ser un alumno que haya participado en programas de escolarización compartida (PISE, ALTER).
f) Haber estado matriculado en una formación profesional de grado básico.
g) Ser un alumno con necesidades asociadas a la incorporación tardía al sistema
educativo.
h) Ser un menor extranjero no acompañado, de acuerdo con las Instrucciones del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores del Profesorado de 15 de diciembre de 2020.
i) No haber sido escolarizado en el sistema educativo español, de acuerdo con el artículo 67.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020.
El alumno menor de edad y mayor de dieciséis años que cumpla alguna de las condiciones indicadas con anterioridad debe aportar en el centro en el que se matricula la documentación que acredita esta situación para acceder a las enseñanzas para adultos.
La Conselleria debe establecer las medidas oportunas para dar una atención adecuada a los adultos que presenten necesidades específicas de apoyo educativo.
La población reclusa debe tener garantizado, en los centros penitenciarios, el acceso a estas enseñanzas.